Fundamentos de la Teoría del Delito: Causales de Exclusión y Elementos del Tipo Penal
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Causales que Eliminan la Acción Penal
Estas circunstancias eliminan la existencia de la acción, uno de los pilares de la Teoría del Delito:
Fuerza Irresistible: Cuando hay fuerza, la persona es **forzada** y se le elimina la acción.
Omisión por Causa Insuperable: La **omisión** ocurre por una causa insuperable.
Sueño:
- El sueño por fatiga sí omite la acción.
- Nota: El sueño común o el **sueño alcohólico** no eliminan la acción.
Hipnotismo: Es una forma de sueño inducido. Se duerme el consciente, pero el **subconsciente** permanece despierto y obedece al hipnotizador. Se le pueden dar órdenes.
Existe un inconsciente donde residen los **valores morales** de las personas. Si las órdenes están dentro de la escala de valores morales, la persona las realiza; si no, se despierta. Cumple la orden cuando esta se le disfraza (es decir, mediante un engaño o mentira).
Actos Habituales: Los actos que realizan las personas son conscientes e inconscientes (actos voluntarios inconscientes). Se caracterizan por ser algo necesario. Si el acto es voluntario, habitual e inconsciente, puede **eliminar la acción**.
Actos de Masas: Se refiere al **inconsciente colectivo** (teoría de Carl Jung), donde las personas realizan acciones que son solidarias, pero conscientes entre sí o independientes.
Elementos del Tipo Penal
Tipo Normal
El Tipo Normal se compone de los siguientes elementos:
Sujeto Activo: Puede ser indeterminado o no calificado, o determinado o calificado. Es el que realiza la acción descrita en el tipo. Ejemplo: El que mate a otro.
Sujeto Pasivo: Es en quien recae la acción.
Verbo Rector: Es el que hace la descripción del tipo, describe el delito. Ejemplo: herir, golpear o maltratar, el que robare.
Objeto Material: Es la cosa o persona en la que recae la acción.
Objeto Jurídico: Es el **bien jurídico protegido** por la ley. Son valores que la ley protege con la amenaza de una sanción penal.
Circunstancias: Elementos de tiempo o de lugar, o algún otro requisito requerido por la ley.
Tipo Anormal
El Tipo Anormal incluye elementos adicionales a los del Tipo Normal:
Elementos Objetivos
Incluyen los mismos elementos del Tipo Normal más el **elemento normativo**.
Elemento Normativo: Son aquellos que no se pueden comprender sin recurrir a otra ley. Ejemplo: Para saber qué es cónyuge, se debe ir a otra norma jurídica para buscar su definición.
Elementos Subjetivos del Tipo
Es un elemento subjetivo que no constituye ni dolo ni culpa, pero que es **exigido por el tipo penal**. Ejemplo: delito de robo y hurto.
Definiciones Clave
TIPO: Descripción de una conducta hecha por la ley penal.
TIPICIDAD: Adecuación de la conducta a un tipo penal.