Fundamentos de la Vigilancia Biológica y Límites de Exposición Ocupacional en Salud

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Vigilancia Biológica y Ambiental: Definiciones Esenciales

La correcta gestión de la salud ocupacional requiere la comprensión de los mecanismos de control y medición de la exposición a agentes químicos.

Vigilancia Biológica

La Vigilancia Biológica es una actividad clave de la Vigilancia Epidemiológica. Está inserta en la recolección de datos y consiste en valorar una sustancia química, su metabolito, o un efecto bioquímico no adverso en una muestra biológica, con el propósito de evaluar la exposición. La vigilancia biológica mide la cantidad de una sustancia química absorbida, independientemente de la vía de absorción.

Vigilancia Ambiental

La Vigilancia Ambiental consiste en la valoración de la exposición del medio (externo) a una sustancia química en el sitio de trabajo. La vigilancia ambiental proporciona información respecto a la exposición potencial, identificando principalmente la vía de entrada del contaminante.

Conceptos y Parámetros Biológicos de Exposición

Monitoreo Biológico

El Monitoreo Biológico es la identificación, cuantificación y evaluación sistemática de la exposición interna del organismo (dosis interna) a los agentes químicos en muestras biológicas.

Indicador Biológico

El Indicador Biológico es un término genérico que identifica al agente y/o sus metabolitos, o los efectos provocados por los agentes en el organismo.

  • Valoración Biológica de Exposición Interna: Consiste en la colecta sistemática de muestras biológicas humanas con el propósito de determinar concentraciones de contaminantes o sus metabolitos.
  • Límite de Tolerancia Biológica (LTB): Es la cantidad máxima permisible en el trabajador de un compuesto químico o de sus metabolitos, así como la desviación máxima permisible de la norma de un parámetro biológico inducido por estas sustancias en los seres humanos.

Límites Permisibles de Concentración Ambiental

Estos límites establecen las concentraciones máximas de contaminantes químicos permitidas en el ambiente laboral para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

Límite Permisible Ponderado (LPP)

Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos existentes en los lugares de trabajo durante la jornada normal de 8 horas diarias, con un total de 48 horas semanales.

Límite Permisible Temporal (LPT)

Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos en los lugares de trabajo, medidas en un período de 15 minutos continuos dentro de la jornada de trabajo. Este límite no podrá ser excedido en ningún momento de la jornada.

Límite Permisible Absoluto (LPA)

Valor máximo permitido para las concentraciones ambientales de contaminantes químicos, medido en cualquier momento de la jornada de trabajo.

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