Gastos no deducibles y reservas fiscales
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Gastos no deducibles
Las retribuciones de los fondos propios de la sociedad
El gasto del impuesto de sociedades, los demás sí
Las multas, sanciones penales y administrativas. Los intereses de demora sí son deducibles
Las pérdidas de juego
Los donativos y liberalidades
Los gastos para atención a clientes o proveedores (límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios. Gastos con el personal de la empresa (no son deducibles las atenciones inusuales o extraordinarias).
Los realizados para promocionar, directa o indirectamente la venta de bys "publicidad". Los que se hallen correlacionados con los ingresos. Las retribuciones a los administradores (alta dirección).
Gastos derivados de actuaciones contraídas al ordenamiento jurídico "comisiones legales"
Los servicios prestados desde paraísos fiscales
Reserva de capitalización
IFP=(FPcierre N - RºN) - (FP inicio N - Rº N-1)= ( los primeros () tienen que ser mayor que los 2º) ; a la resta lo multiplicas por 0.1
Límite: 10% de la base imponible previa ( si lo supera se puede aplicar en los dos años siguientes)
No se incluye en R. Capitalización:
* Aportaciones de los socios
* Reservas legales o estatutarias
Reserva de nivelación
ERD puede hacer R. Cap y R. Nivelación ( que apliquen el 25%)
Las grandes empresas solo la R de capitalización
R. Nivelación= 10% de la BI previa límite 1 millón (no se compensan a los años siguientes)
Cuando es ERD sería el 10% restando ya la reserva de capitalización
Compensación de BI negativas
Límite del 70% de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización y a su compensación
Hasta el importe de 1 millón
Pagos fraccionados
ERD 1ª y 2ª pueden
Cifra de negocio mayor a 6 millones solo 2ª
1ª modalidad
Ejercicio2015
Para el 1ª 2013 multiplicado 0.18
Para el 2ª y 3º 2014 multiplicado 0.18
2ª modalidad
Te dan las bases imponibles de los meses 3.9 y 11
- Multiplicas (5/7 x tipo de gravamen) x BI 3= 1º pago
Mes 9:
(5/7 x tipo de gravamen) x BI 9= caca - 1º pago= 2ºpago
Mes 11:
(5/7 x tipo de gravamen) x BI 11= pedo - 2ºpago = 3º pago
OJO SI TE NEGATIVO NO HAY PAGO FRACCIONADO
Deducciones y bonificaciones
* Bonificaciones por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
50% (rentas obtenidas en Ceuta o Melilla)
* Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
- Deducciones por actividades I+D+innovación tecnológica
Deducción por creación de empleo:
3000 por su primer trabajador que sea menos de 30 años, tipo indefinido de apoyo a los emprendedores
Discapacidad
900 por cada persona/año (33 a 65)%
12000 por cada persona/año (más de 65)%