Gestión de Casos de Desprotección Infantil: Protocolos y Actuaciones
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Procedimientos de Protección al Menor
4. Intervención del Equipo Municipal de Servicios Sociales
El Equipo Municipal de Servicios Sociales de la localidad donde reside el menor iniciará, si procede, de conformidad con el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad Valenciana, aprobado por el Decreto 93/2002, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, modificado por el Decreto 28/2009, de 20 de febrero, del Consell, el oportuno expediente administrativo. Asimismo, ofrecerá información sobre las actuaciones realizadas al centro educativo.
5. Actuación en Casos de Peligro Grave e Inminente
En los supuestos de peligro grave e inminente para la integridad física o psicológica del menor, que requieran la adopción de medidas urgentes de protección, se comunicará esta circunstancia por cualquier medio que garantice la inmediatez a los Servicios Territoriales de la Conselleria de Bienestar Social y a los Centros de Recepción de Menores de cada provincia.
Todo ello sin perjuicio de facilitar al menor la atención médica que precise o de derivarlo a un centro sanitario, así como, si procede, la retención del menor en el centro educativo como medida de protección inmediata.
4.3.3. Notificación a la Familia
Es conveniente informar a los padres de que se han observado estos problemas y se han activado los protocolos. Sin embargo, pueden surgir dificultades debido a respuestas agresivas o a la no aceptación de la situación, lo cual podría perjudicar al menor. Es importante recordar que no siempre los padres son los únicos responsables del maltrato; es fundamental reforzar los apoyos y ayudas para resolver los problemas subyacentes.
Importante: La notificación del caso no solo busca proteger al menor, sino también facilitar el tratamiento y la rehabilitación de los agresores, con el objetivo de que el menor pueda, eventualmente, volver a su entorno familiar.
4.4.1. El Proceso de Valoración
Equipos especializados buscarán información para verificar los hechos y establecer el grado de desprotección. Aspectos a valorar:
- Veracidad de la notificación.
- Si se ha infligido daño y su gravedad.
- Causas o factores de riesgo que llevan a la situación de riesgo o maltrato.
- Grado en que están cubiertas las necesidades básicas y los recursos familiares y sociales disponibles para atenderlas.
Evaluación
En primera instancia, la evaluación se realiza desde los Servicios Sociales Básicos. Si la situación es grave, se derivará a los Equipos de Atención a la Infancia.
Diagnóstico
Se establecerán las actuaciones y la urgencia con base en el interés superior del menor. Esto puede implicar la intervención con la familia para reconducir la situación o, si es necesario, la separación inmediata.