Gestión y Legalización de Libros de Actas en Sociedades Mercantiles
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Gestión y Formalización de Libros de Actas en Entidades Mercantiles
La sociedad podrá llevar un libro de actas para cada órgano. Los libros de actas, en la actualidad, es necesario legalizarlos en el Registro Mercantil Provincial (RRMM de la provincia).
Todos los acuerdos que realicen los órganos colegiados de las sociedades se transcribirán en el libro de actas correspondiente, con expresión de las siguientes circunstancias:
- Fecha y lugar del territorio en donde se celebró la reunión.
- Fecha y modo en que se hizo la convocatoria, excepto si es de Junta o Asamblea Universal.
- Texto íntegro de la convocatoria o, si es de una Junta o Asamblea Universal, los puntos aceptados como orden del día de la sesión.
- En caso de Junta o Asamblea, el número de socios asistentes con derecho a voto, indicando cuántos lo hacen personalmente y cuántos asisten por representación, así como el porcentaje de capital social que representan. Si la Junta o Asamblea es Universal, se hará constar el nombre de los asistentes, que deberá ir seguido de la firma de cada uno de ellos.
- Un resumen de los asuntos tratados y de las intervenciones de las que se haya solicitado constancia.
- El contenido de los acuerdos adoptados.
- En el caso de Junta o Asamblea, la indicación del resultado de las votaciones, expresando las mayorías con que se hubiere adoptado cada uno de los acuerdos. Si se trata de órganos colegiados de administración, se indicará el número de miembros que ha votado a favor del acuerdo. En ambos casos, cuando lo solicite quien haya votado en contra, se hará constar la oposición a los acuerdos adoptados.
- La aprobación del acta se hará con la firma del secretario del órgano o de la sesión, con el visto bueno del presidente de la reunión.
Documentación en Empresas Unipersonales
Las decisiones que se tomen en empresas unipersonales se consignarán también en acta.
Actas Notariales en Juntas Generales
Las Juntas Generales de las sociedades se pueden celebrar con la presencia de un notario, si los administradores de la sociedad lo solicitan. Estas actas notariales solo se pueden levantar en las convocatorias de la Junta General.
Aprobación de Cuentas Anuales
Cuando se trata de la aprobación de las cuentas anuales, es necesaria la certificación de aprobación de las cuentas para el Registro Mercantil.