El Gobierno agilizará los ERTEs por el COVID-19

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Plazo máximo de cinco días para aprobar suspensiones de empleo

El Gobierno prevé establecer un pacto máximo de cinco días para aprobar las suspensiones masivas de empleo que están demandando las empresas debido al estado de alarma causado por el coronavirus. CCOO estima en más de un millón el número de parados que deberá absorber el sistema.

Las autoridades laborales tendrán un plazo máximo de cinco días para autorizar la avalancha de expedientes de suspensión de empleo. Se han registrado más de 100.000 trabajadores afectados por medidas comunicadas por empresas como Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Es probable que esta cifra siga creciendo.

CCOO estima más de un millón de afectados

CCOO ha estimado el impacto de la paralización de la economía en el mercado laboral español. Su secretario general, Unai Sordo, ha afirmado que más de un millón de trabajadores se verán afectados por ERTEs a raíz de la crisis del coronavirus.

La escala de estas cifras es inédita en la historia de la democracia española por su volumen e intensidad en tan corto espacio de tiempo. Tras suspender más de 100.000 empleos, el sector empresarial espera ahora leer al detalle el acuerdo del consejo de ministros para tomar iniciativas.

Nuevo marco de los ERTEs

El nuevo marco de los ERTEs es el campo de decisiones. Se trata de la medida laboral clave incluida en el real decreto para el plan de choque con el que el Gobierno quiere hacer frente a la parálisis económica generada por la expansión del coronavirus y aún sujeta a aprobación definitiva. Establece que cuando las empresas se vean abocadas por causas de fuerza mayor al cierre de sus actividades, las autoridades laborales deberán aprobar las suspensiones de empleo masivas a través de vías aceleradas y retroactivas de ERTEs en un plazo máximo de siete días.

Causas de fuerza mayor

El Gobierno establece la causa de fuerza mayor para facilitar una acción más concertada y ágil por parte de empresas, sindicatos y administración. Las situaciones sobrevenidas que pueden vincularse a la epidemia parten de las distintas medidas gubernativas adoptadas como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma. Implicarían:

  • Suspensión o cancelación de actividades
  • Cierre temporal de locales de afluencia pública
  • Restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías
  • Falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad
  • Situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretadas por la autoridad sanitaria

Prestación pública para los afectados

Los trabajadores afectados pasarán administrativamente al paro y tendrán derecho a una prestación pública. El consejo de ministros tiene previsto precisar en términos de proporción respecto al sueldo y financiación. Será accesible para todas las personas afectadas con independencia de los periodos de cotización que tengan acumulados y, para aquellos que dispongan de esos periodos, tampoco representará una mengua de los mismos.

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