Guía Completa sobre la Evaluación del Desempeño Directivo en Centros Educativos
Evaluación del Desempeño Directivo en Centros Educativos
Evaluación de la función directiva. El cargo de director es retribuido de forma diferenciada en consideración a la responsabilidad y dedicación exigida, de acuerdo con las cuantías que fijan las Administraciones Educativas. El ejercicio de cargos directivos es especialmente valorado como puesto de trabajo en la función pública docente. Los directores son evaluados al final de su mandato, y aquellos que poseen una evaluación positiva obtienen un reconocimiento personal y profesional. Así, los directores de los centros públicos que tengan valoración positiva, mantienen, mientras permanecen en situación activa, una parte del complemento retributivo correspondiente en proporción, condiciones y requisitos que hayan determinado las Administraciones Educativas. El proceso de evaluación del ejercicio de la dirección está orientado a estudiar y enjuiciar las actuaciones, tiene un carácter continuo, responde a las necesidades institucionales y profesionales y se ha de desarrollar mediante procedimientos participativos, con el fin de mejorar la práctica.
Comisión de Evaluación de la Función Directiva
Existirá una Comisión de Evaluación de la función directiva que estará compuesta por los siguientes miembros:
- La persona titular de la Delegación Provincial o aquella en quien delegue, que ostentará la presidencia.
- La persona titular de la Jefatura de Servicio de Inspección.
- La persona titular de la Jefatura de Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
- Un Inspector/a de Área Estructural de Evaluación.
- Dos Directores/as de centros docentes públicos, designados por la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, que no participen en el proceso de evaluación.
- Un funcionario/a de la Delegación Provincial con rango de jefe de sección, que actuará como Secretario/a, con y sin voto, al que además le corresponde la evaluación técnica, conforme a los criterios establecidos en la presente Orden.
El Inspector/a que intervenga en el proceso de evaluación realizará, de forma continuada, el oportuno seguimiento del ejercicio de la Dirección de cada uno de los Directores/as durante sus 4 años de mandato.
Proceso de Evaluación
Elaborará un informe en el que se valorarán cada uno de los criterios de evaluación. Los Directores/as que estén siendo evaluados realizarán una Memoria de Autoevaluación sobre el ejercicio de la función directiva y, por último, el Consejo Escolar celebrará una sesión extraordinaria presidida por la persona que sustituye al titular de la Dirección. En ella se llevará a cabo una valoración del Director/a del centro mediante una votación refrendada por la mayoría absoluta de sus miembros, la cual deberá ser remitida a la Comisión de Evaluación.
La Comisión realizará la evaluación de los Directores/as que finalicen mandato ese año, celebrará todas aquellas reuniones que considere necesarias para valorar los documentos recibidos y emitir el informe de valoración correspondiente. Dicho informe deberá tener en cuenta el Informe de valoración del Inspector/a, la Memoria presentada por el/la Director/a que está siendo evaluado y el Certificado del acta de la reunión del Consejo Escolar del centro con el resultado de la votación. Una vez analizados los documentos elaborará un listado provisional de los Directores/as valorados positivamente. Esta puntuación será considerada positiva cuando alcance una puntuación mínima de 120 puntos en el informe del Inspector, además de un mínimo de 60 puntos en la Memoria de Autoevaluación y una valoración positiva en la evaluación realizada por la Comisión de Evaluación.
Los Directores/as tendrán un plazo de 10 días para poder reclamar sobre la valoración obtenida, que la Comisión de Evaluación deberá presentar en un plazo de 2 días. Finalizado el proceso de valoración, la Comisión de Evaluación propondrá a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, para la renovación del mandato, una relación definitiva de los Directores/as que hayan obtenido resultado positivo en la misma. Dicha persona será la encargada de dictar la Resolución. El Inspector/a que intervenga en el proceso de evaluación realizará, de forma continuada, el oportuno seguimiento del ejercicio de la Dirección de cada uno de los Directores/as durante sus 4 años de mandato.