Guía Completa sobre la Jornada Laboral: Horarios, Descansos y Derechos

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La Jornada Laboral: Todo lo que Debes Saber

La jornada laboral es el tiempo diario, semanal o anual que un trabajador dedica a la ejecución de su actividad laboral. La regulación de la jornada se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores, en los convenios y en los contratos de trabajo. La duración de la jornada laboral tiene unos límites:

  • Jornada diaria máxima: 9 horas (8 horas para los menores).
  • Jornada semanal: 40 horas de promedio anual.

La distribución de la jornada deberá respetar los periodos mínimos de descanso entre jornadas y el descanso semanal. La empresa podrá distribuir de manera irregular, a lo largo del año, la jornada. Las empresas pueden adoptar una serie de medidas:

  • Jornada continuada y horario flexible.
  • Eliminación o reducción de las horas extraordinarias.
  • Jornadas parciales.

Ampliación o Reducción de la Jornada Laboral

La jornada laboral puede ser ampliada o reducida en los siguientes casos:

  • Guarda legal de un menor de 8 años o de personas con minusvalías.
  • Por lactancia. Este permiso puede ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre en caso de que ambos trabajen.
  • Trabajadoras que sean víctimas de la violencia de género.
  • Por cuidado de hijo hospitalizado.

Periodos de Descanso

  • Descanso diario entre jornadas: Periodo mínimo de descanso diario de 12 horas.
  • Descanso semanal: De un día y medio ininterrumpido. Para los menores de 18 años, será como mínimo de 2 días ininterrumpidos.
  • Descanso en la jornada continuada: Cuando la jornada continuada excede de 6 horas, debe establecerse un periodo de descanso durante ella no inferior a 15 minutos. Para los menores de 18, este descanso será de 30 minutos si la jornada supera las 4 horas y media.

Jornada Nocturna

Tiene carácter de jornada nocturna la que es realizada entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Se considera trabajador nocturno a aquel que trabaje al menos 3 horas diarias en horario de noche.

Trabajo a Turnos

Es la organización del trabajo por la cual distintas personas ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo.

Horas Extraordinarias

Se consideran cada hora de trabajo efectivo que se realice sobrepasando la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

  • Voluntariedad: Son voluntarias. Las horas extraordinarias de fuerza mayor tienen el carácter de ser obligatorias.
  • Horas extraordinarias y menores: Está prohibida a los menores de 18.
  • Retribución: Se fija por convenio colectivo o mediante acuerdo entre las partes, que podrán decidir entre pagarlas o compensarlas con tiempo de descanso. Si se compensa, habrá que hacerlo dentro de los 4 meses.

Permisos Retribuidos

Son periodos de tiempo en el que el trabajador podrá ausentarse del trabajo con derecho a retribución por los motivos establecidos.

Las Vacaciones

Los trabajadores tienen derecho a un periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica. El derecho a las vacaciones es irrenunciable e indisponible, y el empresario está obligado a conceder vacaciones retribuidas.

  • Duración mínima: 31 días.
  • Periodo de disfrute: Año natural y no son acumulables.
  • Calendario de vacaciones: Se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, y de conformidad con lo establecido en los convenios colectivos.

Retribución de las Vacaciones

Son retribuidas y no pueden sustituirse por compensación económica.

Calendario Laboral y las Fiestas Laborales

Todas las empresas deben formar un calendario laboral de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables. No podrán exceder de 14 al año, de las cuales 2 serán locales.

El Salario

Es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones.

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