Guía completa sobre prestaciones por desempleo, jubilación e incapacidad temporal en España
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Prestaciones en España
Desempleo
Duración: Desde 360 días de cotización hasta 2160 días o más.
- Desde 360 hasta 539 días: 120 días de prestación
- Desde 540 hasta 719 días: 180 días de prestación
- Desde 720 hasta 2160 días o más: Variable según cotización
Base reguladora: Promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días.
Porcentajes:
- 70% durante los primeros 180 días
- 50% a partir del día 181
Topes:
- Máximo: 175% del IPREM + 1/6 sin hijos a cargo, 200% + 1/6 con un hijo y 225% + 1/6 con dos o más hijos.
- Mínimo: 80% del IPREM + 1/6 sin hijos a cargo y 107% + 1/6 con hijos.
Requisitos y solicitud:
- El trabajador deberá inscribirse como demandante en la Oficina de Empleo.
- Solicitar la prestación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la situación de desempleo.
- El Servicio Público de Empleo gestionará el reconocimiento de la prestación.
Jubilación
: requisitos estar afiliados, haber alcanzado la edad legal establecida para la jubilacion y tener cotizados un numero minimo de años. La pension es vitalicia y el abono está fraccionada en 14 pagas, correspondientes a cada uno de los meses del año y dos extraordinarias. -IT; los beneficiarios requisitos: tener cubierto un numero minimo d cotizacion si la IT deriva de enfermedad comun o no laboral: 180 días dentro de los 5 años anteriores al hecho causante, no es necesario acreditar cotizacion previa en caso d accidente y cuantía: la prestacion consiste en un subsidio cuya cuantía depende d la base reguladora y d los porcentajes aplicables a la misma. -En las IT derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, tomaremos la base de cotizacion x contingencias profesionales del mes anterior sin horas extraordinarias por el número de días a que corresponda dicha cotización. -Enfermedad común y accidente no laboral: 60% desde el 4º días hasta el 20º inclusive y el 75% desde el 21º en adelante -Accidente de trabajo y enfermedad profesional: 75% desde el día siguiente a la fecha de baja. -La duración del periodo de IT no podrá exceder de 365 días prorrogables por otros 180 días, pero si el motivo de la IT es la observación por enfermedad profesional, 6 meses prorrogables por otros 6. -El parte de alta médica: será emitido x el médico y presentado x el trabajador a la empresa en las 24h siguientes. -Los partes de confirmación de la baja: se expiden al 4º día del inicio d la incapacidad, a partir de entonces cada 7 días. -El parte médico d baja: el trabajador debe quedarse una copia y otra entregarla en la empresa en plazo de 3 días