Guía Completa de la Seguridad Social en España

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La Seguridad Social en España

La Seguridad Social se basa en el principio de solidaridad entre los ciudadanos en función de su renta. Su objetivo es prestar ayuda a quienes se encuentran en situación de necesidad.

Niveles de Protección

Nivel Contributivo

Protege a los trabajadores y sus familiares que residen y trabajan en España.

Nivel No Contributivo

Protege a los españoles que residen en España y no han cotizado lo suficiente para acceder al nivel contributivo.

Derechos de la Seguridad Social

  • Asistencia sanitaria
  • Incapacidad permanente
  • Jubilación

Regímenes de la Seguridad Social

Régimen General

Incluye a los trabajadores por cuenta ajena que no estén adscritos a ningún régimen especial.

Regímenes Especiales

  • Autónomos
  • Trabajadores agrarios por cuenta propia
  • Trabajadores del mar
  • Trabajadores de la minería
  • Funcionarios
  • Estudiantes menores de 28 años

Organismos de la Seguridad Social

INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)

Se encarga de reconocer el derecho a las prestaciones económicas y ordenar su pago.

TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social)

Gestiona los pagos y recursos económicos, la afiliación, las altas y las bajas.

Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

Gestiona la prestación por desempleo.

INSHT (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo)

Es el principal órgano de prevención de riesgos laborales.

Obligaciones de las Empresas con la Seguridad Social

Afiliación

Las empresas deben afiliar a los trabajadores una vez que inician su vida laboral.

Altas

Deben dar de alta a cada trabajador que contratan.

Bajas

Deben dar de baja a los trabajadores cuando finaliza su contrato.

Cotización

  • El empresario debe cotizar por los trabajadores.
  • Debe ingresar al mes siguiente en la TGSS su cuota de la Seguridad Social y la cuota de los trabajadores.

Incapacidad Temporal

Contingencias Comunes

  • No relacionadas con el trabajo.
  • Enfermedad común y accidente no laboral.

Contingencias Profesionales

  • Relacionadas con el trabajo.
  • Accidente laboral y enfermedad profesional.

Requisitos

  • Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado 180 días en los 5 años anteriores a la baja por enfermedades comunes.

Duración

  • Máximo 12 meses.
  • Prórroga del INSS por otros 6 meses.
  • Transcurridos 18 meses, se debe valorar su paso o no a incapacidad permanente.

Partes de Baja y Alta

En bajas de 1 a 4 días, el médico puede dar a la vez parte de baja y de alta.

Incapacidad Permanente

Situación en la que el trabajador, después de haber sido dado de alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen su capacidad laboral.

Incapacidad Permanente Parcial

  • Imposibilidad de realizar el 33% de las tareas fundamentales de su profesión habitual.
  • Indemnización de 24 bases reguladoras del trabajador.

Incapacidad Permanente Total

  • Imposibilidad de realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo habitual, pero puede realizar otro tipo de trabajo.
  • Se cobra una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.
  • Compatible con otro trabajo.
  • Los mayores de 55 años cobrarán el 75% de la base si tienen dificultades para encontrar empleo.

Incapacidad Permanente Absoluta

  • Imposibilidad de realizar ningún tipo de trabajo.
  • Pensión del 100% de la base reguladora.

Gran Invalidez

  • Incapacidad permanente absoluta y necesidad de asistencia de una tercera persona.
  • Se cobra el 100% de la base reguladora, que se incrementa con un porcentaje mínimo del 45% para pagar a la persona que atiende al inválido (pudiendo llegar hasta el 75%).

Accidente de Trabajo

En caso de accidente de trabajo, la pensión se incrementa entre un 30% y un 50% a cargo de la empresa.

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