Guía Completa de la Seguridad Social en España
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La Seguridad Social en España
La Seguridad Social se basa en el principio de solidaridad entre los ciudadanos en función de su renta. Su objetivo es prestar ayuda a quienes se encuentran en situación de necesidad.
Niveles de Protección
Nivel Contributivo
Protege a los trabajadores y sus familiares que residen y trabajan en España.
Nivel No Contributivo
Protege a los españoles que residen en España y no han cotizado lo suficiente para acceder al nivel contributivo.
Derechos de la Seguridad Social
- Asistencia sanitaria
- Incapacidad permanente
- Jubilación
Regímenes de la Seguridad Social
Régimen General
Incluye a los trabajadores por cuenta ajena que no estén adscritos a ningún régimen especial.
Regímenes Especiales
- Autónomos
- Trabajadores agrarios por cuenta propia
- Trabajadores del mar
- Trabajadores de la minería
- Funcionarios
- Estudiantes menores de 28 años
Organismos de la Seguridad Social
INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)
Se encarga de reconocer el derecho a las prestaciones económicas y ordenar su pago.
TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social)
Gestiona los pagos y recursos económicos, la afiliación, las altas y las bajas.
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Gestiona la prestación por desempleo.
INSHT (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo)
Es el principal órgano de prevención de riesgos laborales.
Obligaciones de las Empresas con la Seguridad Social
Afiliación
Las empresas deben afiliar a los trabajadores una vez que inician su vida laboral.
Altas
Deben dar de alta a cada trabajador que contratan.
Bajas
Deben dar de baja a los trabajadores cuando finaliza su contrato.
Cotización
- El empresario debe cotizar por los trabajadores.
- Debe ingresar al mes siguiente en la TGSS su cuota de la Seguridad Social y la cuota de los trabajadores.
Incapacidad Temporal
Contingencias Comunes
- No relacionadas con el trabajo.
- Enfermedad común y accidente no laboral.
Contingencias Profesionales
- Relacionadas con el trabajo.
- Accidente laboral y enfermedad profesional.
Requisitos
- Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado 180 días en los 5 años anteriores a la baja por enfermedades comunes.
Duración
- Máximo 12 meses.
- Prórroga del INSS por otros 6 meses.
- Transcurridos 18 meses, se debe valorar su paso o no a incapacidad permanente.
Partes de Baja y Alta
En bajas de 1 a 4 días, el médico puede dar a la vez parte de baja y de alta.
Incapacidad Permanente
Situación en la que el trabajador, después de haber sido dado de alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen su capacidad laboral.
Incapacidad Permanente Parcial
- Imposibilidad de realizar el 33% de las tareas fundamentales de su profesión habitual.
- Indemnización de 24 bases reguladoras del trabajador.
Incapacidad Permanente Total
- Imposibilidad de realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo habitual, pero puede realizar otro tipo de trabajo.
- Se cobra una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.
- Compatible con otro trabajo.
- Los mayores de 55 años cobrarán el 75% de la base si tienen dificultades para encontrar empleo.
Incapacidad Permanente Absoluta
- Imposibilidad de realizar ningún tipo de trabajo.
- Pensión del 100% de la base reguladora.
Gran Invalidez
- Incapacidad permanente absoluta y necesidad de asistencia de una tercera persona.
- Se cobra el 100% de la base reguladora, que se incrementa con un porcentaje mínimo del 45% para pagar a la persona que atiende al inválido (pudiendo llegar hasta el 75%).
Accidente de Trabajo
En caso de accidente de trabajo, la pensión se incrementa entre un 30% y un 50% a cargo de la empresa.