Guía sobre Importaciones y Valoración Aduanera
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Métodos de Pago
Para la máxima seguridad, se recomienda utilizar un crédito documentario. Una vez establecida la confianza con el proveedor, se puede optar por una orden de pago simple.
Procedencia de la Mercancía
- Rusia: Valor añadido
- África: Transformación insuficiente
- Noruega: Enteramente obtenido
- China: Valor añadido
Exigir en Aduana
El exportador no tiene la obligación de proporcionar el certificado de origen de una mercancía si no es solicitado por el importador. Si se solicita, es obligación presentarlo para demostrar el origen de las mercancías. Este certificado lo expide la Cámara de Comercio de cada país, obligando al exportador a firmarlo en ciertas ocasiones. Debe tener un número para individualizarlo, estar escrito en la lengua oficial del estado exportador, y no puede tener añadidos ni recortes.
Valor de Transacción
Se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Que no existan restricciones para la cesión o utilización de las mercancías por el comprador.
- Que la venta o el precio no dependan de condiciones o prestaciones cuyo valor no pueda determinarse con relación a las mercancías que se valoran.
- Que ninguna parte del producto de cualquier reventa, cesión o utilización posterior de las mercancías por el comprador revierta directa o indirectamente en el vendedor.
- Que no exista vinculación entre comprador y vendedor.
Métodos Secundarios
- Valor de transacción de mercancías idénticas o similares.
- Procedimiento sustractivo.
- Procedimiento de coste de producción.
- Procedimiento de último recurso.
Ámbito de Aplicación
Los impuestos especiales se exigirán en todo el territorio español salvo Canarias, Ceuta y Melilla. En Canarias, son aplicables los IIEE (Impuestos Indirectos Especiales) que gravan la cerveza, los productos intermedios, el alcohol y las bebidas derivadas. El IIEE de la electricidad es exigible en todo el territorio nacional, incluyendo Ceuta, Melilla y Canarias.
El Hecho Imponible para los Impuestos Especiales se produce cuando se fabrican o importan productos sujetos a dichos impuestos dentro del ámbito territorial comunitario.
Régimen Suspensivo
- En régimen suspensivo: No se devenga el impuesto. Los productos pueden ser transportados o almacenados sin que se aplique el impuesto especial.
- Devengo del impuesto: Ocurre cuando los productos se ponen a consumo, salen del régimen suspensivo o se destinan a una finalidad que no está exenta de impuestos.
El régimen suspensivo permite que el impuesto no se devengue durante la fabricación, almacenamiento o transporte de los productos hasta que estos se pongan a consumo o se realice una operación que desencadene el devengo.
Conceptos que Integran el Valor en Aduana
Se incluyen los siguientes conceptos:
- Los gastos hasta el lugar de introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la comunidad.
- El valor de los bienes y servicios suministrados por el comprador.
- Las comisiones de venta o gastos de corretaje, en la medida en que los soporte el comprador y no estén incluidos.
- El valor de cualquier parte del producto de la reventa o cesión de las mercancías importadas que revierta en el vendedor.