Habeas Corpus: Protección de la Libertad en Argentina
Habeas Corpus: Un Mecanismo de Protección Fundamental
Introducción y Rango Constitucional
El recurso de Habeas Corpus fue incorporado a la Constitución Nacional mediante la reforma de 1994. Anteriormente, se encontraba regulado en una ley. Como ya sabemos, el hecho de darle "rango constitucional" implica colocarlo en la cúspide de todo el orden jurídico, dándole la importancia (por los valores que protege) que este mecanismo merece.
¿Qué protege el Habeas Corpus?
El Habeas Corpus protege fundamentalmente la libertad ambulatoria y es una manera de hacer realidad la garantía contenida en el artículo 18 de la Constitución Nacional que establece que nadie puede ser "arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente".
Se encuentra en la última parte del artículo 43 de la Constitución Nacional: cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de Habeas Corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aun durante la vigencia del estado de sitio.
¿En qué consiste? (Procedimiento)
Es un procedimiento sumarísimo (o sea que va a tener que ser resuelto por el juez en cuestión de horas) tendiente a establecer si una persona está detenida legítima o ilegítimamente.
¿Cómo se inicia el trámite?
Cualquier persona (no solo parientes sino amigos o cualquier ciudadano) que desconozca el paradero de alguien y/o sospeche que se encuentra detenido en forma ilegítima puede interponer este escrito ante un juez de la Nación las 24 horas del día durante los 365 días del año (existen juzgados especialmente habilitados durante los días y horarios no laborales para recibir los Habeas Corpus).
En el escrito de presentación del recurso se le hará saber al juez la mayor cantidad de datos que nosotros tengamos sobre la persona detenida (las condiciones, lugar, horario, por quién o quiénes se sospecha que ha sido detenido, etcétera).
¿Qué debe hacer el juez?
Con los datos que le aportamos, el juez investigará el paradero de la persona buscada, y si finalmente la halla, ordenará que el detenido y la autoridad del lugar de detención concurran a una audiencia ante él para conocer si esa persona está legítimamente detenida.
Si efectivamente, está legítimamente detenida (por ejemplo que esté a disposición de otro juez por la comisión de algún delito o contravención), se le informará a quien presentó el recurso de tal situación y del lugar de detención. Si está detenida en forma ilegítima, el juez ordenará la inmediata puesta en libertad de esta persona.
Otras situaciones cubiertas por el Habeas Corpus
En su artículo 43 de la Constitución Nacional establece dos situaciones más en que puede interponerse este recurso:
A) Agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención
Puede ocurrir que una persona esté legítimamente detenida o arrestada, pero se agraven en forma ilegítima las condiciones o formas de esa detención.
B) Desaparición forzada de personas
Esta variante fue incorporada por la Constitución Nacional como consecuencia de lo ocurrido durante la última dictadura militar (1976-1983). Durante este período de la historia política argentina, las fuerzas de seguridad se llevaban detenidas a personas, desconociéndose hasta la fecha el paradero de las mismas. En los primeros meses de la dictadura militar, se presentaron innumerables recursos de Habeas Corpus por estas personas "desaparecidas". Cuando se advirtió que los abogados que firmaban esos escritos de los familiares de desaparecidos se convertían en otros desaparecidos, las presentaciones de estos recursos ante la justicia disminuyó sensiblemente.