Hacienda Pública: Presupuesto de Egresos y Concentración de Fondos Federales
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Gestión de Recursos Públicos: Concentración y Gasto
Concentración a Caja Única
La Concentración a Caja Única implica que la totalidad de los ingresos federales se centralizan en la Tesorería de la Federación (TESOFE). Este mecanismo busca consolidar los fondos en un solo lugar para optimizar su gestión y evitar el mal uso de los recursos. No obstante, existen excepciones a esta regla:
Excepciones a la Caja Única
- Entidades sujetas a control directo: El Poder Legislativo y el Poder Judicial, por ejemplo, gestionan su propia tesorería y remiten a la TESOFE únicamente la cuenta de recaudación, al igual que el Instituto Nacional Electoral (INE).
- Aportaciones de seguridad social: Incluyen las contribuciones destinadas a instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
- Ingresos percibidos por instituciones de educación superior: Como la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), el Instituto Politécnico Nacional (IPN) y la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM).
- Ingresos derivados de proyectos de comercialización de gases de efecto invernadero: Fondos generados por iniciativas relacionadas con la mitigación del cambio climático.
Presupuesto de Egresos
El Presupuesto de Egresos es el instrumento mediante el cual se organiza y programa el uso de los recursos públicos recaudados. Este se distribuye entre los tres poderes de la Unión, las entidades federativas y los municipios.
Definición y Naturaleza
Es un cálculo anticipado para un periodo de un año, que establece los objetivos financieros del gasto público. Se formaliza mediante un Decreto, a diferencia de la Ley de Ingresos que es una Ley, y su aprobación es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados. Su propósito fundamental es prever todo lo necesario para que el Estado cumpla con lo programado para el periodo fiscal.
Conceptos Clave
- Lato sensu: Abarca todo lo que el Estado necesita para operar y cumplir con sus funciones.
- Stricto sensu: Se refiere al decreto legislativo que, siendo formal y material, constituye un documento jurídico que legisla el gasto público y, a la vez, un documento público contable.
Naturaleza Jurídica
El Presupuesto de Egresos es un decreto legislativo emitido por la Cámara de Diputados, fundamentado en los artículos 74, fracción IV, y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Materialmente, se considera una norma administrativa de carácter interno. Su impugnación legal no se realiza mediante una acción, sino a través de una Controversia Constitucional.
Inconsistencias y Reconducción
En ciertos casos, se presenta la figura de la reconducción parcial del Presupuesto de Egresos, conforme a lo establecido en los artículos 75 y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Clasificación del Gasto Público
Clasificación Teórica del Gasto
Esta clasificación se utiliza para fines de estudio y comprensión del gasto público:
- Institucional: Por dependencia gubernamental (e.g., Secretaría de Educación Pública - SEP, Secretaría de Seguridad Pública - SSP).
- Por Naturaleza del Gasto: Clasifica el gasto según el tipo de bienes o servicios adquiridos (e.g., bienes muebles, inmuebles, maquinaria, tecnología).
- Económica: Distingue entre gasto corriente (operación) y gasto de capital (inversión).
- Sectorial: Agrupa el gasto por sectores económicos o sociales.
- Por Programas: Asigna el gasto a programas específicos (e.g., guarderías, apoyos económicos no monetarios, programas de Turismo).
- Regional: Distribuye el gasto por sectores geográficos (Norte, Sur, Este y Oeste).
- Por Desempeño: Prioriza la inversión en aquellos programas o áreas que demuestran mejores resultados.
- Mixta: Combina dos o más de las clasificaciones anteriores para un enfoque más integral.
Clasificación Legal (Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria)
Esta clasificación es la establecida por la normativa vigente para la gestión del gasto público:
- Funcional: El gasto de los tres poderes de la Unión.
- Programático: Por programa o proyecto específico.
- Económico: Gasto corriente y de capital.
- Regional: Distribución del gasto por regiones geográficas.
- Por Clave Presupuestal: Detalle de los gastos del Estado, comenzando por sueldos y salarios.
- Por Nivel de Desagregación del Proceso Presupuestario: Detalle del gasto según el nivel de desagregación requerido para el control y seguimiento.
Proceso de Elaboración del Presupuesto
La elaboración del Presupuesto de Egresos sigue un proceso estructurado:
- Elaboración del anteproyecto de presupuesto: Realizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en marzo, solicitando propuestas de gasto público a las dependencias. La revisión de estas propuestas se envía en julio.
- Envío del Paquete Económico: El Paquete Económico, que incluye la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos, se remite al Congreso de la Unión en septiembre.
- Firma de la Iniciativa: La iniciativa de Ley de Ingresos es firmada por el Presidente de la República, mientras que el Proyecto de Presupuesto de Egresos es firmado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público.
- Presentación ante la Cámara de Diputados: Una vez firmado, el Proyecto de Presupuesto de Egresos es presentado ante la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.