El Hecho Imponible en el IRPF: Concepto, Elementos Clave y Supuestos

Clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 4,39 KB

Concepto del Hecho Imponible en el IRPF

Definición

El hecho imponible es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal: pagar el impuesto. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente.

Elementos del Hecho Imponible

El hecho imponible se compone de dos elementos fundamentales:

Elemento Subjetivo: El Contribuyente

El contribuyente es aquella persona física que tiene su residencia habitual en territorio español. No obstante, también se consideran contribuyentes ciertas personas físicas que tienen su residencia habitual en el extranjero en casos específicos.

Residencia Habitual

Se entiende que una persona física tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que permanezca más de 183 días durante el año natural en territorio español.
  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Además, se presumirá iuris tantum (salvo prueba en contrario) la residencia en España cuando residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física.

Residencia en Paraísos Fiscales

También se considera contribuyente al sujeto que traslada su residencia a un paraíso fiscal, tanto en el ejercicio en el que efectúa el cambio de residencia como durante los cuatro años siguientes.

Régimen de Atribución de Rentas

En entidades sin personalidad jurídica propia como las sociedades civiles o las comunidades de bienes, los rendimientos que obtiene la entidad se atribuyen a sus miembros (socios, herederos, comuneros) quienes los integrarán en su propia base imponible del IRPF. Este es el régimen de atribución de rentas.

Tributación Conjunta (Unidad Familiar)

Como excepción a la tributación individual, existe el régimen de tributación conjunta. Cuando existe una unidad familiar, los miembros de esa unidad pueden optar por tributar de manera conjunta en el IRPF. Se entiende por unidad familiar:

  • En caso de matrimonio: Los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera, los hijos menores de edad (salvo los que vivan independientemente con consentimiento) y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • En ausencia de matrimonio o en casos de separación legal: El padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisitos del punto anterior.

En el caso de separación legal con guardia y custodia compartida, la opción por la tributación conjunta puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, optando el otro por tributar individualmente.

Elemento Objetivo: Aspecto Material

Define qué se grava, es decir, la renta. Los tipos de renta que constituyen el aspecto material del hecho imponible en el IRPF son:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital (mobiliario e inmobiliario).
  • Rendimientos de actividades económicas.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Imputaciones de renta establecidas por ley.

Supuestos de No Sujeción

No está sujeta al IRPF la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Aspecto Temporal: Periodo Impositivo y Devengo

Se refiere al marco temporal del impuesto (Arts. 12 y 13 LIRPF).

  • Periodo impositivo: Como regla general, el periodo impositivo en este tributo coincide con el año natural.
  • Devengo: El impuesto se devenga el día 31 de diciembre de cada año.

El artículo 13 de la LIRPF establece una excepción a la norma general del periodo impositivo: el fallecimiento del contribuyente. Si un contribuyente fallece, por ejemplo, un 18 de junio, el periodo impositivo finaliza en esa fecha y el impuesto se devenga en el momento del fallecimiento.

Entradas relacionadas: