Historia de la Estructura Administrativa Española: Provincias y Comunidades Autónomas

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La Configuración Histórica del Territorio Español

De la Unificación a la Modernización Administrativa

Con Los Reyes Católicos se logró la unidad política de los reinos hispánicos, aunque se mantuvieron las diferentes leyes, costumbres y culturas de cada territorio. Posteriormente, con la llegada de los Borbones al trono, se introdujeron profundos cambios en la administración con el objetivo de modernizar el Estado. Un hito fundamental fue la firma de los Decretos de Nueva Planta por Felipe V, que implicaron la desaparición de los privilegios forales de muchos territorios de la Corona de Aragón, centralizando el poder.

La División Provincial del Siglo XIX

En el siglo XIX, la organización territorial de España experimentó otra transformación significativa. Javier de Burgos aprobó en 1833 el decreto de la división de España en 49 provincias. Más tarde, estas serían 50 al desdoblarse la provincia de Canarias. Con esta reforma, se implantó un sistema administrativo centralizado en la capital provincial, sentando las bases de la estructura territorial contemporánea.

El Estado Autonómico en la España Democrática

Origen y Objetivos del Modelo Autonómico

La llegada de la democracia hizo posible la división de España en Comunidades Autónomas. La Constitución Española de 1978 establece la unidad e indivisibilidad de España, pero reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran. Los objetivos principales del Estado Autonómico son:

  • Dar respuesta al deseo de autogobierno de muchas regiones históricas y culturales.
  • Modernizar la estructura del Estado, promoviendo la democratización y la descentralización administrativa.
  • Adecuar la realidad social, cultural, política e histórica de los diferentes pueblos de España con su marco territorial.
  • Proporcionar estabilidad a la organización político-administrativa de España.

Vías de Acceso a la Autonomía y Configuración Actual

La formación del Estado Autonómico, emanada de la Constitución, estableció varias vías para acceder a la autonomía. Entre ellas, destacaron:

  • La llamada “vía rápida” (Artículo 151), utilizada por regiones históricas como Cataluña, el País Vasco y Galicia, que permitía un acceso pleno al autogobierno desde el inicio.
  • La vía del Artículo 143, que requería un proceso más gradual y que fue la utilizada por la mayoría de las comunidades. Para el caso de Andalucía, se siguió una vía especial (Artículo 151.2) que, aunque similar a la "vía rápida", debía contar con la aprobación de todas las diputaciones, de las tres cuartas partes de los municipios afectados y ser ratificada mediante referéndum.
  • La “vía lenta”, que seguirían el resto de las regiones, con un menor nivel de competencias iniciales.

En 1995, se aprobaron los Estatutos de Autonomía de las Ciudades de Ceuta y Melilla, completando así el mapa autonómico. Actualmente, España se configura en diecisiete Comunidades Autónomas (diez pluriprovinciales y siete uniprovinciales) y dos Ciudades Autónomas.

La Comunidad Autónoma de Andalucía

Constitución y Límites Territoriales

Andalucía se constituyó como comunidad autónoma el 28 de febrero, fecha que se celebra como el Día de Andalucía. Los límites actuales de la comunidad siguen en gran medida la delimitación provincial que realizó Javier de Burgos en el siglo XIX. Geográficamente, Andalucía limita al oeste con Portugal, al norte con las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha y Extremadura, y al este con la Región de Murcia. En su conjunto, Andalucía es un territorio separado naturalmente de otras unidades de relieve importantes, como es el Macizo Ibérico.

Organización Provincial y Municipal

La Comunidad Autónoma de Andalucía está constituida por ocho provincias, que históricamente surgieron de la separación de los cuatro reinos de la Corona de Castilla: Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada, a los que se sumaron posteriormente Huelva, Cádiz, Málaga y Almería. Cada provincia se subdivide en municipios, y cada provincia tiene su capital. El gobierno y la administración de cada provincia corresponden a las Diputaciones Provinciales.

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