Impacto de los Decretos de Nueva Planta en Aragón y Valencia: Consecuencias Jurídicas y Políticas

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La Batalla de Almansa y sus Consecuencias (1707)

Con la llegada del invierno, las tropas se repliegan, preparándose para la Batalla de Almansa en primavera. En 1707, se prepara la gran ofensiva de Austria contra Madrid, que se llevará a cabo desde Valencia.

Al frente de las tropas borbónicas se encuentra un general inglés, Jacobo Fitz-James Stuart. Por otra parte, al frente de las tropas austriacas está un general francés, el duque de Noailles. Jacobo Fitz-James Stuart acaba ganando la Batalla de Almansa. Esta derrota ocasiona que todo el ejército austriaco aliado se retire a Cataluña, y el archiduque, que estaba en Valencia, también se traslade a Cataluña.

Los Decretos de Nueva Planta: Abolición de los Fueros

El 29 de junio de 1707, se produce un cambio radical político y jurídico en el reino de España. Felipe V declara abolidos, por derecho de conquista, los fueros y las instituciones de Aragón y de Valencia. En Cataluña, esta medida no se aplica todavía, ya que la guerra aún no había finalizado. Esta decisión tendría enormes consecuencias para el derecho privado y el público.

El Primer Decreto de Abolición (29 de junio de 1707)

El primer Decreto de Abolición de los Fueros, promulgado el 29 de junio de 1707, supuso la abolición de los Fueros de Valencia y, por extensión, los de Aragón.

Todo lo abolido sería sustituido por el derecho de Castilla. Las causas de esta decisión fueron:

  • Era el derecho que más favorecía al rey.
  • La conquista por las armas, tras la rebelión de aquellos reinos.
  • El ejercicio de su soberanía o poder (el rey es titular del poder absoluto).
  • La voluntad de unificar jurídicamente todos los reinos peninsulares y acabar con la diversidad jurídica existente.

El reino de Castilla apoyó a Felipe V, lo que permitió un ejercicio de gobierno de corte francés, caracterizado por la eliminación de cualquier traba de los ordenamientos forales, Cortes propias, etc., para que el rey gobernara de manera absoluta. Esta medida se justificó en nombre de la unidad jurídica y política del país.

La Excepción Foral: Navarra y el País Vasco

Sin embargo, hubo una excepción: a los navarros y vascos no se les eliminaron sus ordenamientos. La razón es clara: apoyaron a Felipe V desde el principio hasta el final, aportando armas, hombres, dinero, ministros, etc.

Consecuencias y el Segundo Decreto (29 de julio de 1707)

Esta alteración tendría una gran trascendencia y múltiples consecuencias. Desde el punto de vista jurídico, y sin entrar en valoraciones, un decreto como el de 1707 es considerado bárbaro e imprudente porque supone la abolición de todo el derecho foral.

Si se abolía todo el derecho foral de Valencia y Aragón, ¿qué sucedía con los nobles valencianos y aragoneses que habían apoyado a Felipe V? ¿Se quedaban sin derechos?

Para abordar esta cuestión, el 29 de julio de 1707, se dicta un segundo Decreto, en el que se reconocen los privilegios de los buenos vasallos de Aragón y Valencia. Se mantienen los títulos de los nobles, las jurisdicciones privilegiadas de la nobleza y la Iglesia, y el gobierno uniforme al modo del reino de Castilla. Es decir, para aquellos valencianos y aragoneses que habían sido fieles, se les mantenía el derecho de los fueros, aunque los fueros como institución general desaparecían.

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