Impuesto Sobre la Renta (ISR): Generalidades, Elementos y Cálculo

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ISR: Generalidades

Obligaciones de los mexicanos

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

  1. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes

Elementos del ISR

Sujeto

Artículo 1o. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

  1. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualesquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
  2. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles ha dicho establecimiento permanente.
  3. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.

Objeto

Artículo 17. Las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. El ajuste anual por inflación acumulable es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.

Base

Artículo 10 3er párrafo El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue:

  1. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán, en su caso, las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.

Ingresos acumulables (-) Deducciones autorizadas= Utilidad fiscal (-)

P T U (-) Perdidas de ejercicios anteriores= RESULTADO FISCAL(al cual le aplicamos la TASA)

Tasa

Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 28%

Época de pago (Declaración anual)

Artículo 10. Penúltimo párrafo: El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago.

Ejemplo de cálculo del ISR:

Ingresos acumulables (-)  $100,000 PESOS

Deducciones autorizadas= $60,000 PESOS

Utilidad fiscal (-) $40,000 PESOS

(-) P T U $4,000.00= $36,000.00

(-)Perdidas de ejercicios anteriores= $10,000.00 PESOS

RESULTADO FISCAL= $26,000.00 PESOS

$26,000.00 (X) 28%= $7,040.00 A PAGAR DE ISR.

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