El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 2,88 KB
Este impuesto es autonómico y grava los incrementos de patrimonio que se producen por:
- Herencia
- Legado
- Donación
- Seguro de vida
Solo se aplica a personas físicas y se considera que son transmisiones gratuitas.
Diferencias entre Sucesiones y Donaciones
- Para las sucesiones se necesita un fallecimiento, mientras que una donación se realiza entre vivos.
- En las sucesiones hay reducciones por parentesco, minusvalía, vivienda, etc.
- En las sucesiones se aplica un coeficiente multiplicador, mientras que en las donaciones no.
Sucesiones
Base Imponible
Es el valor real de los bienes y derechos que se heredan.
Adición de Bienes
Se calcula sumando:
- Valor real de los bienes
- Lo que se percibe antes del fallecimiento
- El ajuar doméstico (incluye todo lo que no se puede individualizar dentro de una casa). El ajuar doméstico se valora en un 3% del valor de la herencia.
Cargas
Son todos los gravámenes que recaen sobre un bien inmueble y reducen su valor. Por ejemplo, una servidumbre.
Beneficios Fiscales
Existen beneficios fiscales que no hay que declarar, como la vivienda habitual del fallecido si el heredero va a residir en ella, pero hasta un tope de 123.000€. Si supera esa cifra, se tendrá que pagar el impuesto y el heredero deberá comprometerse a vivir en la vivienda durante 10 años.
Deudas
Se pueden restar todas las deudas del fallecido que consten en el registro público.
Gastos
Solo se pueden restar los gastos de enfermedad y funeral.
Donaciones
Base Imponible
Es el valor real de los bienes donados. Si hay cargas, las asume el donatario. No se consideran las deudas.
Sujeto Pasivo
En las herencias, el sujeto pasivo es el heredero o legatario. En las donaciones, el sujeto pasivo es el donatario. Si se trata de un usufructo, el sujeto pasivo es el usufructuario.
Base Liquidable
En las sucesiones, la base liquidable se calcula restando las reducciones a la base imponible. Hay dos tipos de reducciones: por parentesco y por minusvalía.
En las donaciones, la base liquidable es igual a la base imponible, ya que no hay reducciones.
Deuda Tributaria: Cuota
Se calcula aplicando el tipo a la base liquidable.
Sucesiones
- Aplicar la tarifa.
- Aplicar el coeficiente multiplicador, que depende del patrimonio preexistente del heredero y del parentesco con el fallecido.
- Aplicar una bonificación que varía en cada comunidad autónoma. (Ejemplo: Bonificación del 99%, se paga el 1% del impuesto).
Donaciones
- Aplicar la tarifa.
- Aplicar el coeficiente multiplicador.