Incapacidad Legal en España: Causas, Procedimiento y Efectos Jurídicos

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La Persona Física y la Incapacitación Legal

Causas de Incapacitación

El artículo 200 del Código Civil español establece que son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impiden a la persona gobernarse por sí misma.

Declaración Judicial de Incapacidad

El artículo 199 del Código Civil añade que nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley. Por lo tanto, será la sentencia judicial la que establezca el grado de incapacitación, en función del discernimiento que tenga la persona.

Tutela y Curatela: Efectos de la Sentencia de Incapacitación

La sentencia de incapacitación implicará el nombramiento de un tutor o de un curador, que ejercerán, respectivamente, la tutela o la curatela sobre el incapacitado.

  • El tutor: Mediante el ejercicio de la tutela, suple a la persona incapacitada y administra su patrimonio, siendo su representante legal.
  • El curador: Mediante la curatela, que tiene mucho menor alcance, no se convierte en representante legal del incapacitado, ni actúa, por tanto, en su lugar, ni administra su patrimonio. Solo intervendrá en aquellos actos que obligue la sentencia junto a la persona que sufre incapacitación.

Legitimación para Solicitar la Declaración de Incapacidad

¿A quién corresponde pedir la declaración de incapacidad?

  1. Al cónyuge o descendientes.
  2. En defecto de los anteriores, a los ascendientes o hermanos del presunto incapaz.
  3. Si ninguno de los anteriores existe o no lo solicita, será el Ministerio Fiscal quien deba solicitar ante el Juez la incapacitación.

El Estado Civil de la Persona Física

Una serie de circunstancias que afectan a la capacidad de la persona o son fuentes de derechos y obligaciones reciben el nombre de estado civil. En el estado civil podemos distinguir las siguientes situaciones:

  • Matrimonio o estado de casado, soltero, viudo o divorciado.
  • Filiación o condición de hijo o padre.
  • Nacionalidad o condición de español o extranjero (artículo 13 y derechos y deberes previstos en la Constitución Española).
  • Vecindad o condición de pertenecer a una comunidad autónoma.
  • Dependencia o independencia de la persona: mayor o menor de edad, incapacitado o capacitado.

Extinción de la Personalidad Jurídica

La Muerte como Causa de Extinción

El artículo 32 del Código Civil establece como única causa de extinción de la personalidad jurídica la muerte de la persona.

Declaración de Fallecimiento

Ante casos de ausencia prolongada o desaparición de la persona, en circunstancias que hagan presagiar su muerte, la Ley permite que se realice judicialmente una declaración de fallecimiento, que extingue la personalidad (artículos 193 y siguientes del Código Civil).

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