Incapacidad Permanente, Desempleo y Otras Prestaciones de la Seguridad Social: Requisitos y Condiciones

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Incapacidad Permanente: Tipos y Requisitos

La incapacidad permanente es una situación que afecta a un trabajador cuando, después de haber estado sometido a un tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Existen diferentes grados de incapacidad permanente, cada uno con sus propios requisitos.

Incapacidad Permanente Total

Inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

Requisitos para la prestación económica:

  • Tener menos de 65 años o no reunir los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación contributiva del sistema, si la incapacidad deriva de enfermedad común o de accidente no laboral.
  • Hallarse en alta o en situación asimilada al alta en el momento del hecho causante.
  • Tener cubierto un periodo previo de cotización si la incapacidad deriva de enfermedad común. Este periodo varía según la edad:
    • Si el causante es menor de 31 años: la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 16 años y la del hecho causante.
    • Si el causante tiene 31 años o más: un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante, con un mínimo de 5 años. Un quinto del periodo de cotización exigible deberá estar comprendido en los 10 años anteriores al hecho causante.
  • Si la incapacidad permanente es debida a accidente, laboral o no, o a enfermedad profesional, no se exige periodo alguno de cotización.

Incapacidad Permanente Absoluta

Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

Requisitos:

  • Tener menos de 65 años en la fecha del hecho causante, no reunir los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación y siempre que la incapacidad derive de contingencias comunes.
  • Estar afiliado y en situación de alta, asimilada a la de alta o en situación de no alta.
  • Se exigirán unos periodos mínimos de cotización en caso de enfermedad común o accidente no laboral.
  • Cuando la incapacidad se derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, los trabajadores se considerarán de pleno derecho afiliados y en alta, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones.

Prestaciones por Desempleo

Las prestaciones por desempleo cubren la situación de aquellos trabajadores que, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada laboral.

Desempleo (Nivel Contributivo)

Requisitos:

  • Estar afiliado y en alta o situación asimilada en los casos que reglamentariamente determinen dicha prestación.
  • Tener cubierto el periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria que se exige en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada y suscribir un compromiso de actividad.
  • No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad.

Subsidio por Pérdida de Empleo

Requisitos:

  • Haber perdido involuntariamente un empleo.
  • Con responsabilidades familiares: haber cotizado por desempleo entre 90 y 179 días.
  • Sin responsabilidades familiares: haber cotizado por desempleo entre 180 y 359 días.

Subsidio para Mayores de 55 años

Requisitos:

  • Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación o del subsidio por desempleo, o tener cumplida la edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los otros subsidios.
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de subsidio por desempleo.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  • No ser trabajador fijo-discontinuo ni haber agotado una prestación contributiva para eventuales agrarios.

Otras Prestaciones de la Seguridad Social

La Seguridad Social ofrece otras prestaciones, entre las que se incluyen:

  • Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  • Prestaciones por actos terroristas.
  • Prestaciones familiares.
  • Prestaciones del seguro escolar.
  • Subsidio a favor de familiares.

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