Incapacidad permanente y jubilación: tipos, requisitos y cotización en la Seguridad Social

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Incapacidad permanente, gran invalidez y jubilación: conceptos, tipos y cotización

Incapacidad permanente: es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales, graves, susceptibles de determinación subjetiva y posiblemente definitivas, que disminuyen su capacidad laboral. Sea cual sea su causa, se clasifica en:

Tipos de incapacidad permanente

  • Incapacidad permanente parcial: para la profesión habitual; la que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajar una disminución inferior de 3 % en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma.
  • Incapacidad permanente total: para la profesión habitual; la que inhabilita al trabajador para la realización de todas las tareas fundamentales de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
  • Incapacidad permanente absoluta: para todo trabajo; la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión.
  • Gran invalidez: la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente que, como consecuencia de previas alteraciones anatómicas o funcionales, necesita asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, como vestirse y comer.

Jubilación

Jubilación: consiste en la conversión de los ingresos que percibe una persona cuando, al llegar a la edad establecida, cesa en su trabajo y pone fin a su vida laboral.

Requisitos

A partir del 1 de enero de 2023, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de sus cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral. Requiere haber cumplido 67 años, o 65 años cuando se acrediten 38 años y seis meses de cotización.

Elementos de cotización

Para poder acceder a muchas de las prestaciones que nos brinda la sociedad necesitamos un periodo mínimo de cotización. Para recibir el paro, por ejemplo, necesitamos haber trabajado/cotizado al menos un año. El periodo cotizado es el periodo trabajado durante la vida laboral.

Alta, baja y contribuciones a la Seguridad Social

Cuando una empresa contrata a una persona, la da de alta; cuando dejamos el trabajo, nos dan de baja en la Seguridad Social. Mientras estamos trabajando, estamos cotizando a la Seguridad Social; por tanto, la empresa y el trabajador aportan una parte del salario a la Seguridad Social para poder sufragar todas las prestaciones que conocemos.

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