Incentivos Fiscales en Canarias: ZEC, RIC e IGIC para el Desarrollo Empresarial
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La Zona Especial Canaria (ZEC): Un Régimen Fiscal Estratégico
¿Qué es la ZEC?
La Zona Especial Canaria (ZEC) consiste en un régimen de baja tributación que se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, con la finalidad de promover un desarrollo económico y social del archipiélago canario y diversificar su estructura productiva.
Duración y Vigencia de la ZEC
La ZEC es un instrumento fiscal temporal. Las entidades solo podrán inscribirse en el registro oficial hasta diciembre de 2020 y disfrutar de los beneficios fiscales que se otorgan hasta diciembre de 2026.
Requisitos para la Instalación en la ZEC
Para su instalación, las entidades deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una entidad de nueva creación o una empresa ya existente con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
- Al menos uno de los administradores, en el caso de las sucursales, deberá residir en Canarias.
- Realizar una inversión en inmovilizado material afecto a la actividad dentro de los 2 primeros años desde el momento de su inscripción. La inversión mínima requerida es de:
- 100.000 € para las islas de Tenerife y Gran Canaria.
- 50.000 € en el resto de las islas.
- Crear al menos 5 o 5 puestos de trabajo, según se trate respectivamente de las islas capitalinas o no capitalinas, dentro de los 6 meses siguientes al momento de inscripción y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.
- Constituir su objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, de actividades autorizadas en los sectores industriales básicos como pesca, alimentación, etcétera.
Su ámbito geográfico de aplicación se extiende a todo el territorio de las Islas Canarias.
Beneficios Fiscales de la ZEC
Los beneficios de la ZEC incluyen:
- Estar sujetos a un tipo impositivo del 4% en el Impuesto de Sociedades (IS).
- Estar exentas del pago de impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la adquisición de bienes destinados al desarrollo de su actividad en las operaciones societarias y en los AJD vinculados a todas las operaciones de registro.
- Estar exentas de tributar por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en las entregas de bienes y prestaciones de servicios entre ellas y en todas las importaciones que realicen.
Instrumentos Complementarios del Régimen Económico y Fiscal Canario
Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) tiene como objetivo fomentar la inversión empresarial y productiva, la creación de empleo y las infraestructuras. Permite la reducción de la base imponible del Impuesto de Sociedades (IS) e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta el límite del 90% de la parte del beneficio no distribuido destinado a esta reserva especial.
Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es el impuesto de imposición indirecta que grava el consumo final. Sustituye al IVA comunitario, pero con un gravamen reducido del 7% y aplicación de un tipo del 0% a productos como medicamentos, transporte entre islas, etcétera.