Información General y Particular en la Administración Pública

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Diferencias entre Información General e Información Particular

La información general se ha de facilitar obligatoriamente a los ciudadanos. La información particular solo podrá ser facilitada a las personas que tengan la condición de interesados en cada procedimiento o a sus representantes legales.

Fuentes de Información

Información Impresa

Propiedades: credibilidad y legitimidad.

Información Digital y Electrónica

  • Personales: Sujetos que por su actividad personal o profesional generan, contienen, suministran o transfieren información.
  • Institucionales: Colectivos o asociaciones institucionalmente identificadas, que generan, contienen, suministran o transfieren información o conocimientos.
  • Documentales: Todo soporte que genere, contenga, suministre o transfiera información y sea considerado como un documento.

El Boletín Oficial del Estado (BOE)

Publica:

  • Disposiciones generales de los órganos del Estado y los tratados internacionales.
  • Disposiciones generales de las Comunidades Autónomas.
  • Resoluciones y actos de los órganos constitucionales del Estado.
  • Resoluciones y actos de los ministerios y de otros órganos del Estado.
  • Nombramientos y oposiciones, entre otras situaciones.

Gestión y Actualización de la Información

  • Organización eficiente y eficaz.
  • Gestión de la información.
  • Actualización de la información.

Personal al Servicio de la Administración

Tipos de Empleados:

  • Funcionario de carrera.
  • Personal laboral.
  • Funcionario interino.
  • Personal directivo.
  • Personal eventual.

Acceso a la Función Pública

El acceso a la función pública puede producirse por:

  • Oposición: Consiste en la celebración de una o más pruebas eliminatorias, que ayudarán a determinar las capacidades de los aspirantes, sus aptitudes y sus competencias, y así establecer un orden de acceso y selección.
  • Concurso: Calificación de los méritos aportados por los aspirantes en relación con los exigidos.
  • Concurso-oposición: Una combinación de las dos anteriores, pero en un mismo proceso selectivo.

Procedimientos y Formas de Adjudicación de los Contratos Públicos

  • Procedimiento negociado: El contrato se adjudica al empresario justificadamente elegido por la Administración, previa consulta y negociación de los términos del contrato con uno o varios empresarios.
  • Procedimiento abierto: Cualquier empresario interesado puede presentar una proposición.
  • Procedimiento restringido: Solo pueden presentar proposiciones aquellos empresarios seleccionados expresamente por la Administración, previa solicitud.
  • Diálogo competitivo: Cualquier interesado puede solicitar participar y en el que el poder adjudicador dirige un diálogo con los candidatos admitidos, con la intención de satisfacer las necesidades exactas de la Administración y que servirán de base para presentar ofertas por parte de los candidatos.
  • Adjudicación directa: El contrato se asignará directamente al empresario, siempre en cumplimiento de unas normas y para unos contratos denominados menores.
  • Subasta electrónica y Concurso.

En las convocatorias publicadas en las páginas de las administraciones, aparecen siempre las informaciones:

  • Estado: situación en la que se encuentra el contrato público.
  • Órgano de contratación: Administración que la realiza.
  • Duración del contrato y posibles prórrogas de este.
  • Tipo de contrato: de los estudiados en la unidad (suministro, obra pública, servicios, etc.).
  • Documentación: los pliegos con las cláusulas (condiciones del contrato), prescripciones técnicas (características de proyecto) y otros documentos (composición de la mesa de contratación, etc.).

Tipos de Contratación

  • Contratos de obras.
  • Contratos de gestión de servicios públicos.
  • Contratos de suministro.
  • Contratos de servicios.
  • Concesiones públicas.

Procedimiento de Concesión (Los pasos en el proceso de subvención)

  1. Publicación de la subvención por parte de la Administración.
  2. Presentación de solicitudes por parte de los interesados.
  3. Resolución del procedimiento por parte de la Administración.
  4. Concesión de la subvención, ingreso de la cantidad o entrega del derecho.
  5. Justificación del uso realizado por parte del subvencionado de la cantidad recibida.

Búsqueda de Subvenciones

  • En los boletines oficiales.
  • En los buscadores privados.

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