Instrumentos Mercantiles Clave: Gestión de Cobros y Pagos en Transacciones Comerciales
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Documentos de Cobro y Pago en el Ciclo Comercial
Las operaciones comerciales de compraventa de bienes o servicios no terminan en el momento en que finaliza la operación en sí misma y se emite una factura, sino que se dilatan hasta el momento en que se realiza el cobro efectivo de esa factura. A continuación, se examinan algunas de estas fórmulas de pago.
El Recibo: Justificante de Recepción de Fondos
La función del recibo es reconocer, por parte de quien lo extiende, haber recibido una cantidad de dinero de la otra parte.
Estructura y Validez del Recibo
- Se compone de dos partes: el recibo y la matriz.
- La matriz queda unida al talonario.
- El recibo se entregará, debidamente cubierto y firmado, a la persona que haya efectuado el pago.
Un recibo sin firma o sello de la persona o entidad emisora carece de validez y no servirá como justificante del pago.
El Cheque: Orden de Pago Bancaria
El cheque es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria.
Requisitos Esenciales del Cheque
Para su validez, deben figurar los siguientes elementos:
- La denominación de “cheque” inserta en el propio documento.
- El nombre del que ha de pagar o librado, que necesariamente habrá de ser un banco o entidad financiera.
- Cantidad a pagar, que puede aparecer expresada en euros o en moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.
- Si la cantidad aparece en letras y números y ambas expresiones no coinciden, predominará la cantidad en letra.
- Si por el contrario existen varias cantidades en números y no coinciden, será exigible la menor.
Consecuencias de Omisiones en los Requisitos
Si no se indica alguno de los requisitos anteriores, se entenderá que no estamos ante un cheque válido, salvo que la omisión se refiera al lugar de pago, en cuyo caso se entenderá como válido:
- El que figure junto al librado (quien debe pagar).
- Si tampoco figura éste, el del lugar de emisión.
- Si es el lugar de emisión el que no se indica en el cheque, se entiende por tal el domicilio que figure junto al librador (el que emite el cheque).
Características de la Exigibilidad
El cheque es pagadero a la vista, esto es, se puede cobrar en cualquier fecha, con independencia de la que figure en el cheque. En caso de que un cheque esté postdatado, éste es pagadero antes de la fecha que figure en él.
Relación Banco-Librador y Ejecución del Pago
El cheque se emite sobre un documento impreso por la entidad financiera correspondiente y con cargo a una determinada cuenta bancaria. El Banco o Caja debe atender el mandato de pago siempre y cuando haya fondos en la cuenta del deudor o de aquel que emitió el cheque y con el límite del saldo de dicha cuenta bancaria. Así es posible que la entidad financiera abone parcialmente la cantidad que figura en el cheque porque no existan fondos suficientes en la cuenta bancaria para abonar el importe total.
Para poder emitir un cheque es necesario que entre el librador y el Banco se haya celebrado un contrato bancario por el que se le permita disponer de fondos de esta manera y que existan fondos depositados en la cuenta corriente.
Tipos de Cheques
Cheque Conformado
El banco garantiza la autenticidad de la firma del librador y la existencia de fondos en la cuantía indicada en el cheque. La cantidad extendida en el cheque queda bloqueada en la cuenta corriente del librador por un tiempo limitado, hasta que el cheque se presente al cobro.
Cheque Cruzado
Mediante este sistema, el cheque solo puede ser abonado mediante ingreso en la cuenta del beneficiario. Se formaliza cruzando dos barras paralelas en el anverso. La finalidad del cheque cruzado o para abonar en cuenta es evitar que en caso de pérdida un tercero pueda cobrar el cheque.
Clasificación por Beneficiario
Se distinguen dos modalidades principales:
- Emitidos nominativos o a favor de una persona determinada, donde se identifica a la misma con su nombre y apellidos.
- Emitidos al portador, no se designa persona alguna, por lo que cualquiera podrá proceder a su cobro. En cualquier caso, si la cantidad a pagar es superior a 3.000 €, se exigirá la identificación de la persona que cobra.
Cheques de Viaje
Se emiten por un banco o entidad de crédito figurando en el mismo como librado cualquier oficina de la misma entidad bancaria o de cualquier corresponsal suya. Suelen llevar estampadas cantidades fijas e invariables. Para que tenga validez, el comprador de los cheques ha de firmarlos dos veces: cuando los recibe y cuando los pretende hacer efectivos.