Intermediarios de Crédito: Requisitos, Registro y Mercado Inmobiliario en España

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Requisitos para el Reconocimiento de los Intermediarios de Crédito

  • Contar con un **seguro de responsabilidad civil profesional** o aval, por responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional en el ámbito territorial en el que ofrezca sus servicios.
  • Contar con los **procedimientos escritos**, capacidad técnica y operativa para el adecuado cumplimiento de los requisitos de información exigidos.
  • Disponer de **medios internos adecuados** para la resolución de las reclamaciones de sus prestatarios.
  • Designar a un **representante** ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias en aquellos casos en los que tengan a 10 personas o más cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual supere los 2 millones de euros.
  • Disponer de un **plan de formación** en los conocimientos y competencias exigidos legalmente.

Además, la autoridad competente verificará que dispongan del nivel de conocimientos y competencias, posean honorabilidad comercial, carezcan de antecedentes penales (delitos graves), en contra de la propiedad, el patrimonio y el orden socioeconómico, de falsedad (actividades financieras).

Registro Público de Intermediarios de Crédito

En el **Registro público de Intermediarios de crédito** constará la siguiente información:

  • Nombres de los titulares y administradores, de sus representantes designados, así como los administradores de las sucursales radicadas en España y de los Intermediarios de crédito inmobiliario operantes en régimen de libre prestación de servicios en España.
  • Estado o Estados miembros en los que el intermediario de crédito realice actividades en régimen de libre establecimiento.
  • Indicación de si el intermediario de crédito está vinculado o no con un único prestamista y, si fuera así, la identificación de este.
  • Datos identificativos de la entidad con la que se ha contratado el seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario.

Este registro será público, gratuito y disponible para los ciudadanos y garantizará acceso pleno de forma fácil y rápida, y está disponible en línea.

Excepciones

Los siguientes no estarán sujetos a estos requisitos:

  • Las entidades de crédito, a las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras o que operen en régimen de libre prestación de servicios.
  • Personas que realicen actividades propias de la intermediación de crédito, siempre que dichas actividades se ejerzan de forma accesoria en el marco de una actividad profesional.

Requisitos para el Reconocimiento de los Representantes Asignados

  • Contar con un seguro de responsabilidad civil profesional o aval, para negligencias que pudieran surgir en el ámbito territorial en el que ofrezcan sus servicios.
  • Disponer del nivel de conocimientos y competencia establecidos legalmente.
  • Poseer reconocida honorabilidad comercial y profesional.
  • Carecer de antecedentes penales (actividades financieras).
  • No haber sido declarados en concurso con anterioridad, salvo que hayan sido rehabilitados.

Libertad de Establecimiento y Libre Prestación de Servicios de los Intermediarios de Crédito

La Directiva 2014/17/UE establece que un intermediario de crédito **sea válido en todo el territorio de la Unión para la realización de las actividades y la prestación de los servicios contemplados en el reconocimiento**.

  • **Deberán informar a** la autoridad competente del Estado miembro de origen de que se propone a ejercer su actividad por primera vez.

La **única excepción** a la libertad de establecimiento y prestación de servicios señalada es en el caso de contratos de préstamos ofrecidos por **entidades no crediticias a prestatarios** en un Estado donde **no estén autorizados a ejercer sus actividades**.

Los **representantes designados** de los intermediarios de crédito podrán ejercer algunas de las actividades de intermediación de crédito únicamente en los Estados miembros donde los intermediarios de crédito ejerzan sus actividades.

Mercado de Préstamos Inmobiliarios en España: Indicadores y Determinantes de la Demanda

La demanda de vivienda como **bien de uso** depende de la **dinámica demográfica** y de la accesibilidad a la vivienda determinada por la evolución de las rentas, de los precios de la vivienda y de las condiciones de financiación. En cuanto a la demanda de vivienda como **activo de inversión** depende básicamente de la rentabilidad que ofrece.

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