Interposición de Demandas Laborales y Apelaciones en Venezuela (LOPTRA)

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Procedimiento de Demanda Laboral en Venezuela

1) Indique y explique las formas en que se puede proponer la demanda laboral.

Respuesta:

La demanda laboral se propone ante el Tribunal del Trabajo de Primera Instancia competente. De acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA), existen dos formas de presentación:

  1. Por Escrito: Debe cumplir con los siguientes requisitos:

    • Nombre, apellido y domicilio del demandante y del demandado.
    • Si el demandante fuere una organización sindical, la demanda la intentará quien ejerza la personería jurídica de esta organización sindical, conforme a la Ley y a sus estatutos.
    • Si se demandara a una persona jurídica, los datos concernientes a su denominación, domicilio y los relativos al nombre y apellido de cualquiera de sus representantes legales, estatutarios o judiciales.
    • El objeto de la demanda, es decir, lo que se pide o reclama.
    • Una narrativa de los hechos en que se apoye la demanda.
    • La dirección del demandante y del demandado, para la notificación a la que se refiere el artículo 126 de esta Ley.
  2. En forma Oral: Se presenta ante el Juez del Trabajo, quien personalmente la reducirá a escrito en forma de acta, la cual se agregará al expediente como cabeza del proceso.

Requisitos Adicionales para Accidentes o Enfermedades Profesionales

Cuando se trate de demandas concernientes a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, además de lo indicado anteriormente, deben contener lo siguiente:

  • Naturaleza del accidente o enfermedad.
  • El tratamiento médico o clínico que recibe el trabajador.
  • El centro asistencial donde recibe o recibió el tratamiento médico.
  • Naturaleza y consecuencias probables de la lesión.
  • Descripción breve de las circunstancias del accidente.

Recurso contra la Decisión del Juez de Juicio

2) Indique y explique el recurso pertinente y sus trámites contra la decisión que resolvió el fondo de la causa por parte del Juez de Juicio.

Respuesta:

El recurso pertinente es el Recurso de Apelación.

Contra la sentencia definitiva dictada por el Juez de Juicio (primera instancia), procede el Recurso de Apelación, según lo establecido en el artículo 161 de la LOPTRA.

Trámite del Recurso de Apelación:

  • Plazo: Se debe interponer dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del lapso para la publicación del fallo en forma escrita.
  • Forma: La apelación se propondrá en forma escrita.
  • Lugar: Se presenta ante el mismo Juez de Juicio que dictó la sentencia.
  • Remisión: Una vez interpuesta, el Juez de Juicio remitirá de inmediato el expediente al Tribunal Superior del Trabajo competente para que decida sobre la apelación.

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