Introducción al Derecho: Conceptos, Clasificaciones y Principios Fundamentales
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Derecho: Conceptos y Clasificaciones
Concepto de Derecho
El Derecho es un conjunto de reglas de conducta cuyo cumplimiento es obligatorio y cuya observancia puede ser impuesta coactivamente por la autoridad legítima.
Clasificación Clásica
Derecho Objetivo
El ordenamiento legal de un país, las normas jurídicas vigentes en un territorio determinado.
Derecho Subjetivo
La facultad de exigir a otro determinada conducta.
- Potestades: Complejos de derechos y deberes en materia de Derecho de Familia (ej.: responsabilidad parental).
- Derechos personalísimos: Inherentes a la personalidad.
- Derechos patrimoniales: Contenido económico, subdivididos en reales, personales e intelectuales.
Derecho Positivo
Conjunto de leyes vigentes en un país.
Ramas del Derecho Público
- Constitucional
- Administrativo
- Penal y Procesal Penal
- Internacional Público
- Minero
- Financiero y tributario
Ramas del Derecho Privado
- Civil
- Comercial
- Del Trabajo
- Procesal Civil y Comercial y Procesal Laboral
- Agrario
- Marítimo y Aeronáutico
- Internacional Privado
Fuentes del Derecho
Normas o preceptos del derecho positivo que generan derechos y obligaciones.
Fuentes Clásicas del Derecho
- La ley (en sentido material y formal)
- La costumbre
- La jurisprudencia
- La doctrina
Estructura del Estado Argentino
Características
- Democracia
- República
- Federalismo
República
Forma de gobierno donde los gobernantes derivan del pueblo y son responsables ante él.
División del Poder del Estado
División Funcional
Distribución de las funciones del poder estatal (ejecutiva, legislativa y judicial).
División Territorial
Distribución geográfica en órganos regionales (provincias).
El Sistema Federal Argentino
Relaciones jurídico-políticas entre el Estado Nacional y las provincias:
- Relaciones de subordinación: El orden jurídico federal prevalece sobre los provinciales.
- Relaciones de participación: Las provincias participan en la formación de la voluntad federal a través del Senado.
- Relaciones de exclusión: Materias reservadas exclusivamente al Estado federal o a las provincias.
- Relaciones de concurrencia: Ámbitos donde tanto el Estado federal como las provincias pueden ejercer atribuciones.
El Principio de División de Poderes
Implica la distribución de las funciones del poder a órganos independientes y el control recíproco entre ellos.
Relaciones entre los Tres Poderes
- De coordinación: Participación del presidente en la formación de leyes y el acuerdo del Senado en el nombramiento de funcionarios.
- De control recíproco: Juicio político, veto presidencial, etc.
El Principio Jerárquico del Ordenamiento Normativo
El Principio de Supremacía Constitucional
La Constitución es la fuente suprema del ordenamiento jurídico y las normas inferiores deben derivar válidamente de ella.
Art. 31 CN: La Constitución, las leyes de la Nación y los tratados internacionales tienen jerarquía superior a las leyes y constituciones provinciales.
Art. 75 CN: Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y otros tratados de derechos humanos tienen jerarquía constitucional.