Jerarquía del Derecho de la Unión Europea: Fuentes y Actos Jurídicos

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El nombre actual de la Unión Europea procede del Tratado de 7 de febrero de 1992, conocido como Tratado de Maastricht por ser este el nombre de la ciudad neerlandesa donde se firmó. Antes, sin embargo, se firmaron otros Tratados (con sus modificaciones y adiciones posteriores) hasta llegar al momento evolutivo actual.

Derecho Originario

Los Tratados originarios, y sus modificaciones o adiciones posteriores, constituyen el llamado Derecho originario.

Derecho Derivado

A diferencia del Derecho originario, el Derecho derivado de los Tratados corresponde a los órganos que tienen tal potestad (el Parlamento y el Consejo) y que se manifiesta a través de lo que se conoce como reglamentos, directivas y decisiones. Aparte, hay que tener en cuenta las recomendaciones y los dictámenes, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.

Reglamento Comunitario

Carácter vinculante. Es la norma con más peso en el ámbito de la CE, a acatar en todos sus elementos. Desde que se publica en el DOCE, empieza a proyectar su eficacia en todos los Estados miembros, tiene eficacia general.

Directiva Comunitaria

Persigue una obligación de resultado. El texto de la directiva contiene, al final, un plazo (2-4 años) estipulado para que adquiera eficacia en los Estados miembros de la CE.

La Directiva propone unas líneas generales de actuación. La institución comunitaria busca, como resultado final, la incorporación de su contenido al ordenamiento jurídico interno de cada Estado miembro, según los medios de cada uno, siempre que se consiga el resultado establecido.

La Directiva no siempre tiene que ser asumida por los Estados miembros y, otras veces, solo tiene que serlo parcialmente. Ello se permite solo en los casos en que la legislación interna del Estado ya contemple el contenido de la Directiva o parte de ella.

Decisión Comunitaria

Es un híbrido entre el Reglamento y la Directiva. Es una norma obligatoria que persigue un resultado, pero las líneas generales deben ser acatadas en todos sus elementos. Su publicación no es preceptiva (a diferencia de la Directiva), pero sí su comunicación. Los destinatarios suelen ser un único destinatario o Estado miembro. Excepcionalmente, puede tener más de un destinatario. Su objeto suele ser ajustar las legislaciones desfasadas de los Estados miembros.

Recomendaciones y Dictámenes

No son normas obligatorias, pero a través de ellas se invita a los Estados miembros a que adopten una determinada línea de actuación o a corregir situaciones no acordes con la CE. La diferencia entre ellas radica en el momento y las instituciones que las utilizan.

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