Poder Judicial en España: Organización y Funciones
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Las leyes se aprueban por mayoría simple, excepto las leyes orgánicas que se deben aprobar por mayoría absoluta.
- Sanción real: se materializa con la firma del rey, ha de requerir el refrendo del presidente del gobierno.
- Promulgación real: declaración del rey de que la norma ha entrado a formar parte del ordenamiento jurídico.
- Publicación: requisito esencial para la validez de toda norma jurídica. Se inserta la ley en el boletín oficial del estado y entra en vigor a los 20 días.
Poder judicial: Conjunto de órganos de la función estatal, consiste en resolver, los conflictos que surjan entre los ciudadanos y entre estos y los públicos.
Características:
- El poder judicial se configura como un poder fundamental del Estado.
- Aplica la ley a casos e individuos concretos.
- Los jueces y magistrados son independientes.
Organización de los juzgados y tribunales:
Ámbito nacional:
- Tribunal supremo: es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en garantías constitucionales.
- Audiencia nacional: es un órgano jurisdiccional único en España.
Ámbito autonómico:
Tribunales superiores de justicia.
Ámbito provincial:
Audiencias provinciales tendrá su sede en la capital de la provincia.
Ámbito provincial, superior o inferior al provincial:
- Juzgado de lo penal.
- Juzgados de lo contencioso-Administrativo.
- Juzgados de lo social.
- Juzgados de lo mercantil.
- Juzgados de violencia sobre la mujer.
- Juzgados de vigilancia penitenciaria.
- Juzgados de menores.
Ámbito inferior al provincial:
Los juzgados de primera instancia existen en cada partido judicial.
Ámbito municipal:
Juzgados de paz tratan cuestiones leves establecidas por la ley.
Tribunal supremo:
Está formado por el presidente, nombrado por el rey a propuesta del consejo general del poder judicial. Entre sus competencias están decidir los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
Tribunal constitucional:
Es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido a la CE y a la ley orgánica del tribunal constitucional. Se trata de una instancia única y extiende su jurisdicción en todo el territorio nacional. Está compuesto por doce miembros por el Rey, 4 por el congreso de los diputados, 4 por el senado, 2 por el gobierno y 2 por el consejo general del poder judicial.