Jurisdicción Laboral: Estructura, Competencias y Diferencias Clave

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Jurisdicción Laboral

La Jurisdicción Laboral forma parte de la jurisdicción ordinaria, al igual que la jurisdicción penal, civil, de familia, comercial y agraria. Esta jurisdicción conoce de los conflictos entre particulares y está integrada por:

  • Corte Suprema de Justicia: Sala de Casación Laboral.
  • Tribunales Superiores del Distrito Judicial: Sala Laboral.
  • Juzgados Laborales del Circuito.
  • Juzgados Municipales de Pequeñas Causas Laborales.

Diferencias con otras jurisdicciones

La Jurisdicción Laboral se distingue de otras ramas del derecho por su competencia específica:

  1. Contencioso Administrativa: Conoce de los conflictos judiciales entre entidades del Estado o entre el Estado y los particulares. Está conformada por el Consejo de Estado, los Tribunales Administrativos y los Juzgados Administrativos.
  2. Constitucional: Se encarga de verificar que las leyes y actos legislativos sean acordes con la Constitución Política. La Corte Constitucional es su máxima autoridad y garante de los derechos fundamentales mediante la acción de tutela.
  3. Especial: Referente a la jurisdicción de paz y a la de los pueblos indígenas, integrada por jueces de paz y jueces indígenas.
  4. Disciplinaria: Se encarga de la función disciplinaria, destacándose el Consejo Superior de la Judicatura.

Competencias destacadas en el ámbito laboral

La jurisdicción laboral es competente para resolver conflictos o litigios derivados de:

  • A) Relaciones entre empleador y trabajador, ya sea sindicalizado o no.
  • B) Conflictos entre el empleador y las entidades prestadoras de la seguridad social.
  • C) Conflictos entre trabajadores y entidades prestadoras de la seguridad social.
  • D) Conflictos entre el empleador y entidades del Estado, tales como el SENA o el Ministerio del Trabajo.
  • E) Conflictos provenientes de un contrato de prestación de servicios con una entidad particular.

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