Jurisprudencia Argentina en Extradición y Derechos Humanos: Casos Emblemáticos

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Casos Relevantes

1. Oriondo:

La Corte afirmó que el delito ha prescripto porque los hechos atribuidos al supuesto miembro de ETA no pueden considerarse crímenes de lesa humanidad. La Corte confirmó así la sentencia en la que el juez Bonadio rechazó el requerimiento para la extradición de Lariz Oriondo a España y, debido a que han agotado las instancias de apelación, el fallo pone fin al proceso que afrontó aquí el supuesto etarra.

2. Priebke:

El caso es relativo a la extradición del ciudadano alemán, solicitado por el estado requirente (Italia) ante Argentina sobre la base de la comisión de homicidio agravado por situación de guerra. En consecuencia, una vez concedida la extradición, el individuo extraditado fue juzgado por el estado requirente por un delito distinto por el que el estado requerido había concedido la extradición.

3. Apabaza Guerra:

La CSJN indicó la potestad del "non refoulement", es decir, la posibilidad de que el Poder Ejecutivo decida NO devolver al criminal pese a la sentencia judicial favorable a la extradición.

4. Arancibia Clavel:

La Corte consideró el asesinato del matrimonio Prats como un crimen de lesa humanidad, y consecuentemente, sostuvo que la acción penal no ha prescripto por el paso del tiempo; lo que importa el reconocimiento de una norma ya vigente (ius cogens) en función del derecho internacional público de origen consuetudinario. De esta manera, se reafirma que ya tenía vigencia al tiempo de comisión de los delitos, y así confirmó la condena a reclusión perpetua que pesa sobre Arancibia.

5. Bulacio:

Fue el primer caso en el cual la Corte Interamericana de DDHH falló en una causa argentina por violación de los DDHH posterior a 1983, es también la primera vez que un caso de represión policial llega a esa instancia. De manera contundente, el fallo tiene por probadas las circunstancias de la detención ilegal y muerte de Walter Bulacio tal como fueron denunciados y concluyó que el Estado violó su derecho a la libertad personal, a la vida, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a los derechos de los niños consagrados en la Convención Americana.

6. Lopez:

La Corte entendió que no se trata de un doble juzgamiento ya que afirma que "el sistema penal argentino contempla la recurrencia delictiva en un marco de progresividad compatible con los principios de la igualdad y razonabilidad". El acusado había sido condenado por un triple homicidio.

7. Gramajo:

La Corte entendió que se trataba de 2 casos diferentes ya que se trataba el fallo sobre la inconstitucionalidad de la imposición de una pena conjunta en casos de "multireincidencia" del art. 52 del Código Penal.

8. Arévalo:

La Corte declaró la constitucionalidad de las normas del Código Penal que imponen la declaración de la reincidencia. Resolvieron su validez porque esta solo toma en cuenta el dato objetivo de la anterior pena para ajustar el tratamiento penitenciario que corresponde aplicarle a quien comete un nuevo delito. Esta valoración no implica volver a castigar el anterior delito.

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