Justicia y Derecho: Una Exploración de sus Conceptos y Relaciones
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Justicia y Derecho
Justicia: Es el reconocimiento, respeto y ejercicio de los derechos de las personas. Representa un conjunto de valores esenciales que fundamentan una sociedad y el Estado. Formalmente, se define como el conjunto de normas codificadas, aplicadas por jueces, y cuya violación conlleva la impartición de justicia por parte del Estado.
Relación entre Justicia y Derecho
La justicia es la administración del derecho vigente, buscando que cada individuo reciba lo que le corresponde.
Derecho
Derecho: Facultad de hacer o exigir algo. Es el conjunto de normas que regulan el comportamiento de los miembros de una comunidad, respaldadas por el poder coactivo del Estado (imposición por la fuerza). Estas normas jurídicas son impuestas externamente, no son universales (varían según la constitución de cada país) y son condicionales (su cumplimiento es necesario para evitar sanciones).
Derecho Natural
Derecho Natural: Conjunto de normas derivadas de la propia naturaleza y la razón humana.
Características del Derecho Natural
- El derecho natural se origina y fundamenta en la naturaleza humana.
- Se impone al derecho positivo, que debe respetarlo.
- Es un orden jurídico objetivo e inmutable.
- Es independiente de la voluntad humana.
Derecho Positivo
Derecho Positivo: Conjunto de normas jurídicas emanadas de una autoridad competente.
Fuentes del Derecho
Leyes, costumbres, jurisprudencia y doctrina.
Características del Derecho Positivo
- Constituido por el conjunto normativo vigente.
- Establecido y sancionado para cada tiempo y comunidad por el legislador.
- Sistema de normas coercibles (obligadas a cumplirse mediante llamados de atención, multas, cárcel).
- Debe respetar el derecho natural.
Relación entre Derecho Positivo y Natural
Los positivistas, aunque no niegan la existencia de los derechos humanos, los consideran creaciones del legislador y rechazan el concepto de derecho natural. Por otro lado, el iusnaturalismo reconoce la existencia del derecho positivo, pero afirma la supremacía del derecho natural, un derecho preexistente al legislador y al jurista. El derecho escrito es tangible, pero el derecho natural lo precede.
Las normas del derecho natural son fáciles de identificar, especialmente cuando se trata de valores fundamentales como la vida y la seguridad. La principal diferencia entre ambas concepciones radica en que, para los positivistas, el legislador crea los derechos, mientras que para los iusnaturalistas, los reconoce.