Kljbnjh
Clasificado en Otras materias
Escrito el en español con un tamaño de 24,08 KB
1.1. Aproximación al concepto de infancia
Periodo de la vida de un niño/a, que se extiende desde su nacimiento hasta la pubertad, en el cual se producen unos importantes cambios psicológicos, sociales y biológicos y de cuyo correcto desarrollo dependerá en buena parte su evolución en las etapas vitales posteriores.
1.2. La atención a la infancia a lo largo de la vida
1.2.1. La consideración de la infancia en el mundo antiguo
En Mesopotamia había capítulos dedicados a la higiene y el cuidado de niños / as, también apareció la primera legislación que regulaba la protección de los huérfanos, al igual que en la India. En Grecia y Roma los niños eran considerados como propiedad o como inversión en el futuro, la excepción fue Quintiliano.
1.2.2. La época medieval y renacentista
* La nueva moralidad cristiana
Con el cristianismo (s. II y III) aparece un nuevo modelo de familia, basado en el matrimonio y las relaciones de consanguinidad (parentesco biológico). La religión musulmana también mejoro la atención a la infancia en el siglo X, Ibn al-Jazzar, publicó El libro de la crianza del niño, dedicado a la higiene y el cuidado del recién nacido, su nutrición y la alimentación de la madre. Esta concepción se limitaba al periodo de crianza, cuando los niños / as eran capaces de subsistir biológicamente se incorporaban a la vida y las actividades adultas. Cabe destacar las aportaciones que en el campo pediátrico, educativo o filosófico en relación con la infancia hicieron San Agustín (354-430), San Juan Crisóstomo (384-407), Ibn Miskawayh (murió en 1030), Avicena (980-1037), Averroes (1126-1198), Ramón LLul (1232-1315) y Alfonso X El Sabio (1221-1284).
* El humanismo y el comienzo de la educación
A partir del Renacimiento hay un interés específico por la atención a la infancia (etapa diferenciada), se crean orfanatos.
El maestro aparece como protagonista de la educación, es el centro del conocimiento. Los métodos educativos son severos y disciplinados, llegando al maltrato. Destacan las ideas de J. Comenio, Juan Bautista de la Salle o Vicente de Paul, los dos últimos preocupados por las clases más humildes.
1.2.3. De la Ilustración al siglo XX
* Unas ideas novedosas sobre la infancia y la educación
Pestalozzi se centra en el estudio y la atención a la infancia de riesgo social, quería integrar socialmente a los menores de escasos recursos a través del aprendizaje de un oficio, confiaba en sus potencialidades y concebía a los educadores al servicio de las necesidades del alumnado.
Fröbel pensaba que el aprendizaje formal parte del desarrollo natural de los niños, introdujo el juego como principal estrategia pedagógica en los primeros jardines de infancia.
* Industrialización y reglamentación estatal
La industrialización utilizó a los menores como fuerza de trabajo en tareas muy duras y de sobreexplotación, esto dio lugar a leyes protectoras de la infancia. En España en 1904 se incorporó la ley Tolosa Latour.
* La época dorada de la pedagogía y la psicología
Surge la Nueva Escuela (Montessori, Decroly, Freinet, Neill) con nuevas prácticas educativas.
La psicología se vuelca en el estudio de la infancia como etapa decisiva en el futuro desarrollo de la persona (Piaget, Vigotski, Wallon, Freud).
Pero su difusión se ralentizó por las guerras mundiales, la guerra civil española, los totalitarismos, las dictaduras y el miedo al comunismo.
* El largo camino hacia el reconocimiento mundial de la infancia
En el periodo de entreguerras y después de la 2ª Guerra Mundial la atención y la protección a la infancia alcanzaron la cobertura y el reconocimiento internacional del que hoy gozan. Este proceso culmina en 1989 y supone un cambio cualitativo en:
- Los organismos internacionales toman el relevo a las reglamentaciones estatales (marca de protección, atención y derechos a la infancia).
- Por primera vez se reconocen a los niños derechos civiles.
Desde una perspectiva mundial, nos encontramos una realidad muy desigual, el 20% de los niños gozan de una vida digna, pero el otro 80%, tiene las necesidades básicas no cubiertas, viven en condiciones de pobreza o pobreza extrema, y no tienen acceso a la sanidad ni a la educación.
1.3. Organismo internacionales relacionados con la atención a la infancia
Tras la 2ª Guerra Mundial hay miles de niños huérfanos por lo que surgen organismos de protección a la infancia. Pueden ser de dos tipos según su relación con el gobierno: oficiales o gubernamentales y no gubernamentales.
1.3.1. Organismos oficiales o gubernamentales
En 1945, la CNV quiere evitar la aparición de conflictos bélicos a gran escala. Sus objetivos son potenciar la cooperación en asuntos de derecho internacional, de la paz y la seguridad internacional, del desarrollo económico y social y de los derechos humanos.
Para ello crea los siguientes organismos:
* UNICEF
Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia. Su objetivo es garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia y contribuir al bienestar de los niños y jóvenes en todo el mundo. En 1946 se llamaba Fondo Internacional de Emergencia. En 1953 amplia su objetivo a escala mundial.
Dispone de numerosos programas:
- Supervivencia y desarrollo del niño.
- Educación básica e igualdad entre los sexos.
- VIH y la infancia.
- Protección del niño contra la violencia, la explotación y los malos tratos.
- Promoción de políticas y asociaciones a favor de los derechos de los niños.
* UNESCO
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Nació en 1945. Su objetivo es contribuir a la conservación de la paz y de la seguridad estrechando la colaboración entre las Naciones, con el fin de asegurar el respeto universal de la justicia, de la ley, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión.
En cuanto a la infancia su misión es dar apoyo al desarrollo de una política internacional que promueva la atención de la infancia desde todos los ámbitos.
* OMS
ganización Mundial de la Salud. Fundada en 1948 su misión es conseguir que todos los pueblo de la Tierra puedan gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr.
* OMEP
Organización Mundial de Educación Preescolar. Fue fundada en 1948 para promover la educación de los niños desde su nacimiento, trabajando para conseguir las condiciones que garanticen su bienestar, salud y desarrollo en el interior de las familias, instituciones y comunidades. Sus objetivos son promover las mejores condiciones de vida, su bienestar, su crecimiento y su felicidad, utilizando todos los medios a su alcance; estimular la investigación científica que permita influir sobre las condiciones anteriormente citadas; y apoyar todas las iniciativas dirigidas a mejorar la Educación Preescolar
* UIPE
Unión Internacional de Protección a la Infancia. Fundada en 1946, fue la primera en la promoción de los derechos de los niños. sus objetivos son ofrecer socorro a los niños sin ningún tipo de distinción; mantener relaciones entre los organismos y personalidades que trabajan en beneficio del bienestar de niños; y elevar el nivel de protección a la infancia y contribuir al desarrollo moral de los niños.
* IIN
Instituto Interamericano de Niños y Adolescentes. Fue creado en 1927 y su finalidad es fomentar la protección de los menores en todos los aspectos y en todos los países americanos y contribuir al desarrollo de políticas que garanticen la promoción y el ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia.
1.3.2. Organismos No Gubernamentales
Las ONGs surgen en el siglo XIX con el objetivo de impulsar la intervención social a través de proyectos de desarrollo. Son de carácter privado, sin animo de lucro, generalmente independientes de gobiernos y organismos internacionales.
Su misión es denunciar las violaciones de los derechos, modificar la realidad injusta y sensibilidad a la población sobre la realidad existente.
Están formadas por técnicos y trabajadores asalariados, cuerpo de cooperantes y voluntarios que ponen en marcha y desarrollan los proyectos impulsados por las organizaciones.
Jurídicamente pueden adoptar diferentes formas ( asociación, fundación...). la financiación se da de diferentes fuertes: subvenciones publicas, donaciones, cuotas de socios, venta de productos...
Sus campos de acción son: promoción de derechos humanos y denuncia de su violación, ayuda humanitaria, protección del medio ambiente, cooperación para el desarrollo...
1.4.1. La declaración de Ginebra
En 1923 se da el primer paso hacia el reconocimiento de los derechos de los niños. Eglantyne Jebb fundó Save the Children Fund y la Unión Internacional de Auxilio al Niño (1920) que tiene la primera idea de formular una Declaración de los Derechos del Niño. Se conceptualiza la niñez como un colectivo que debe ser objeto de medidas especiales de protección, para garantizar su normal desarrollo.
En 1924 paso a ser conocida como la Declaración de Ginebra. En sus artículos dice que el niño:
1) Debe desarrollarse desde un punto de vista material y espiritual.
2) Hambriento deberá ser alimentado, el enfermo, atendido...
3) Debe ser el primero en recibir socorro.
4) Debe ser puesto en condiciones de salvarse la vida y protegido de la explotación.
5) Debe ser educado inculcándole el sentimiento del deber.
1.4.2. La Declaración de los Derechos del Niño
Después de la Segunda Guerra Mundial se crea UNICEF. El 20 de noviembre de 1959 se aprueba la Declaración de los Derechos de los Niños. Este documento resalta que la sociedad debe proporcionar protección a los niños y dotarlos de derechos y que los gobiernos nacionales deben reconocer esos derechos y promulgar medidas legislativas en relación a estos.
1.4.3. La Convención de los Derechos del Niño
* El camino hacia la Convención
El 1978 se elaboro la Convención de los Derechos de los Niños, y en 1989 fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Actualmente es aceptada por todos los países del mundo, excepto Somalia y Estados Unidos.
* El significado de la Convención
La convención es un documento que trata un acuerdo entre estados, con fuerza jurídica y obligado cumplimiento.
Se compone de 54 artículos que señalan derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Por primera vez, los niños de todo el mundo son considerados sujetos de derechos civiles y políticos y objeto de protección especial.
Reconoce que en todos los países hay niños que viven en condiciones difíciles y que necesitan especial consideración.
Aboga por la cooperación internacional.
* El contenido de la Convención
Sus 54 artículos se apoyan en cuatro principios básicos:
· No discriminación: ningún tipo de discriminación por razones de raza, color, sexo, idiomas, religión, ideas políticas...
· Interés superior del menor: todas las medidas respecto del menos deben estar basadas en la consideración de si interés superior; deben asegurar una adecuada protección y cuidado cuando las personas responsables no tienen capacidad de hacerlo.
· Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: los estados tienen que garantizar el derecho a la vida y al desarrollo integral de los niños.
· Participación: los menores pueden y deben expresar sus opiniones en los temas que les afecten.
* Los protocolos facultativos
La convención sobre los derechos de los niños es un instrumento activo y dinámico a través del que se pueden mejorar las condiciones de los niños en el mundo.
La realidad es mucho mas compleja y los niños continúan siendo objeto de violación. Para hacer frente a estas situaciones se crean los protocolos facultativos, destinados a combatir dos fenómenos:
- El protocolo facultativo sobre la participación de los niños en los conflictos armados.
- El protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía.
1.4.4. Los derechos de la infancia en la Unión Europea
La UE también ha abordado los derechos de los niños/as. Sus documentos mas importantes son:
· Carta europea de los derechos del niño: concreta los problemas de los menores derivados de la integración europea y el mercado único.
· Carta de derechos fundamentales: reconoce especialmente los derechos de la infancia.
· Estrategia sobre los derechos de la infancia: con objeto de promover y proteger de forma eficaz los derechos de la infancia en la política interior y exterior de la unión europea y apoyar la labor de los estados miembros en este ámbito. Las propuestas son: números de teléfono únicos para asistencia a niños y llamadas referidas a niños desaparecidos o victimas de explotación sexual; apoyo a los bancos en su lucha contra la utilización de tarjetas de crédito para la compra en Internet de imágenes de pornografía infantil; plan de acción sobre las necesidades prioritarias de los niños en los países en desarrollo; acciones conjuntas en la UE en materia de lucha contra la pobreza infantil.
1.5. El marco jurídico de la atención a la infancia en España
La actuación del gobierno español y de las Administraciones respecto a la atención, protección y derechos de la infancia se enmarcan en el marco internacional (convención de los derechos del niño. UE) y en el marco constitucional.
1.5.1. El marco internacional
El estado español es miembro de la UE y de la ONU por lo que no puede negar ni contradecir la Declaración de los Derechos Humanos ni la Convención sobre los Derechos del Niño; es decir, la protección a la infancia en nuestro país tiene como marco de referencia la Convención. La legislación española puede concretar o especificar la forma de hacer respetar estos derechos pero nunca negarlos ni restringirlos.
1.5.2. El marco constitucional
En la Constitución de 1978 se establece la justicia, la libertad y la seguridad para garantizar la convivencia democrática.
En ella encontramos varios artículos relacionados con la atención a la infancia, su protección y sus derechos.
1.6. La protección jurídica del menor
La protección de los menores en nuestro país viene regulada por la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.
* Patria potestad
Es el conjunto de derechos y deberes que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos mientras estos son menores de edad o están en situación de incapacidad y tiene como objetivo velar por el interés superior de los hijos.
Engloba la guarda de los hijos por vía natural, implica una cohabitación con ellos y su obligación de cuidarlos, protegerlos y asistirlos.
Cuando los padres no pueden cuidar al menor, la entidad publica competente asumirá la guarda. La entrega de la guarda se hace por escrito. No implica la perdida de la patria potestad.
Los poderes públicos pueden privar de la patria potestad a los progenitores cuando incumplen sus obligaciones, también podrán restituírsela
Tutela
Institución jurídica que consiste en el poder concedido por la Ley a una persona física o jurídica (tutor) sobre la persona y los bienes de un menor o persona incapacitada, en su beneficio y para su protección bajo control judicial. Sustituye a la patria potestad cuando no puede ser ejercida por los padres o cuando los poderes públicos deciden alejar al menor de su domicilio. Se extingue por emancipación, adopción, fallecimiento, recuperación de la patria potestad de los progenitores o porque una resolución judicial pone fin a la incapacidad que dio origen a la tutela.
Curatela
Tiene por objeto la intervención de la figura del curador, únicamente en aquellos actos en los que el menos o persona incapacitada no pueda intervenir por si misma. Se trata de una asistencia legal, en el que el curador se convierte en representante del menor o la persona incapacitada, excepto en todo aquello que pueda hacer por si misma. El ámbito de actuación es menor que el del tutor.
Defensor judicial
Persona que defiende los intereses del menor cuando exista un conflicto de intereses entre los menores o personas incapacitadas y sus representantes legales o el curados; o cuando el tutor o curador no desempeñe sus funciones.
Acogimiento familiar
Figura que otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar con carácter temporal.
El objetivo es integrar socialmente a los menores en un núcleo familiar que respete su historia y su identidad, manteniendo los vínculos con la familia natural. Se realiza por escrito con el consentimiento de la entidad publica, los padres biológicos y la familia de acogida.
AdoPCión
Figura jurídica que consiste en l creación de una filiación por decisión judicial. Salvo excepciones, en el momento de la adopción desaparecen los vínculos de la persona adoptada con la familia biológica.
La emancipación
Supone la extinción de la patria potestad o tutela sobre una persona. Así esta puede pasar a regirse y a regir sus bienes como si fuera mayor de edad. Se puede obtener por: mayoría de edad, matrimonio, si es mayor de 16 años, por concesión paterna o materna o por concesión judicial.
1.6.2. Ley de Protección Jurídica del Menor
La protección del menor en el estado español esta regulada por la Ley Orgánica.
Principios:
· Se prima el interés superior del menor sobre cualquier otro.
· Las medidas tienen carácter educativo.
· Se procura la colaboración de la familia y se prima la permanencia en el entorno familiar.
· Se concibe a los menores como sujetos de derecho.
· Adecuación a la normativa internacional.
1.7. La responsabilidad penal del menor
El Código Penal fue aprobado por la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre, donde se fija la mayoría de edad en 18 años.
* Responsabilidad penal de los menores
Pretende compaginar la aplicación de un procedimiento sancionador - educativo que respete los intereses del menor, pero sin olvidar el interes propio de las personas perjudicadas o victimas del hecho cometido por el menor.
Responsabilidad solidaria de los padres, tutores, acogedores o guardadores.
Establece el limite de los 14 años para exigir responsabilidad sancionadora a los menores de edad penal y establece una diferencia en las consecuencias por los hechos cometidos entre los 14 y los 16 años.
1.8.1. Sistema educativo
La Ley Orgánica de Educación es la que regula actualmente el sistema educativo, aunque anteriormente han existido otras ( LGE, LODE, LOGSE, LOCE)
El Titulo Preliminar trata de los principios y los fines de la educación, asi como de la etapa educativa, el currículo y la cooperación entre las autoridades educativas.
El Título I establece la ordenación de las enseñanzas en las siguientes etapas:
· Educación infantil: etapa única y no obligatoria, organizada en dos ciclos (0-3, 3-6). Tiene intención educativa, no necesariamente escolar.
· Educación primaria: comprende seis cursos académicos divididos en tres ciclos organizados en áreas, entre los 6 y los 12 años.
· Enseñanza secundaria obligatoria comprende cuatro cursos entre los 12 y los 16 años. Los tres primeros cursos tienen un carácter mas común, el cuarto, orientador (estudios postobligatorios e incorporación a la vida laboral)
La educación primaria y secundaria tienen carácter obligatorio y gratuito. Componen la enseñanza básica.
· Bachillerato: comprende dos cursos y se desarrolla en tres modalidades diferentes.
· Formación Profesional: conjunto de ciclos formativos de grado medio y superior cuya finalidad es preparar a los alumnos para el desempeño de diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica.
El Titulo II presta apoyo educativo a niños con necesidades especificas y se reconoce por primera vez atención especifica para el alumnado con otras capacidades intelectuales.
El Titulo III se refiere al papel del profesorado.
El Titulo IV, sobre los centros escolares.
El Titulo V, participación, autonomía y gobierno de los centros.
El Titulo VI, evaluación del sistema educativo.
El Titulo VII, inspección del sistema educativo.
El Titulo VIII, recursos económicos e incremento del gasto publico en educación para cumplir los objetivos de esta Ley.
1.8.2. El sistema de salud
Implantada y regulada por la Ley General de Sanidad. Esta Ley se basa en el principio de que toda persona tiene derecho a la salud.
Características: cubre a toda la población, accesibilidad y desconcentración, descentralización de la gestión de recursos sanitarios, atención primaria.
1.9.1. Recursos y servicios de atención a la infancia
* Atención en el ámbito educativo y socioeducativo
Los centros relacionados con la educación infantil están distribuidos de manera desigual en el territorio español, habiendo amplias diferencias entre unas comunidades y otras.
También existen diferentes servicios destinados a niños/as menores de 3años, creados para ofrecer atención socioeducativa de calidad y favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, al igual que sucede con las escuelas infantiles, su presencia es desigual en el territorio ( ludotecas, casas de niños...)
* Atención en el ámbito social
El entorno idóneo para el niño es el núcleo familiar, pero existen ocasiones en que los pequeños se encuentran en grave situación de riesgo o desamparo y en esos casos es necesaria la intervención de los servicios de atención a la infancia.
El sistema publico de servicios sociales es un conjunto de servicios y prestaciones que tiene como finalidad la promoción y desarrollo pleno de todas las personas y familias para la obtención de un mayor bienestar social y mejor calidad de vida.
Existen dos niveles de atención:
- Servicios sociales básicos o de atención primaria dirigidos al conjunto de la población y tiene funciones de información, orientación, asesoramiento y detección de situaciones de riesgo. Es el primer nivel de atención.
- Servicios sociales especializados, da respuesta a situaciones de especial complejidad, en la que se necesita una alta especialización (diagnostico, tratamiento, apoyo o rehabilitación a personas en riesgo social). Es el segundo nivel de atención.
Existe un nivel superior de servicios especializados para niños separados de manera temporal o permanente de su entorno familiar ( centro de acogida, centros residenciales y acogimiento familiar).
1.9.2. El Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia
* Fundamentación y finalidad del plan
Su finalidad es promover el bienestar de la infancia y la adolescencia teniendo en cuenta sus intereses y necesidades, con el objetivo de incrementar su calidad de vida y el desarrollo de sus capacidades.
* Actuaciones del Plan
En cuanto a medidas para alcanzarlos, el plan establece una secuencia muy detallada, indicando además, un organismo competente para su realización y las entidades u organismos colaboradores.
* El desarrollo del Plan
Para contemplar el Plan , las diferentes Comunidades Autónomas e incluso los Ayuntamientos han elaborado su propio plan de atención a la infancia.
Periodo de la vida de un niño/a, que se extiende desde su nacimiento hasta la pubertad, en el cual se producen unos importantes cambios psicológicos, sociales y biológicos y de cuyo correcto desarrollo dependerá en buena parte su evolución en las etapas vitales posteriores.
1.2. La atención a la infancia a lo largo de la vida
1.2.1. La consideración de la infancia en el mundo antiguo
En Mesopotamia había capítulos dedicados a la higiene y el cuidado de niños / as, también apareció la primera legislación que regulaba la protección de los huérfanos, al igual que en la India. En Grecia y Roma los niños eran considerados como propiedad o como inversión en el futuro, la excepción fue Quintiliano.
1.2.2. La época medieval y renacentista
* La nueva moralidad cristiana
Con el cristianismo (s. II y III) aparece un nuevo modelo de familia, basado en el matrimonio y las relaciones de consanguinidad (parentesco biológico). La religión musulmana también mejoro la atención a la infancia en el siglo X, Ibn al-Jazzar, publicó El libro de la crianza del niño, dedicado a la higiene y el cuidado del recién nacido, su nutrición y la alimentación de la madre. Esta concepción se limitaba al periodo de crianza, cuando los niños / as eran capaces de subsistir biológicamente se incorporaban a la vida y las actividades adultas. Cabe destacar las aportaciones que en el campo pediátrico, educativo o filosófico en relación con la infancia hicieron San Agustín (354-430), San Juan Crisóstomo (384-407), Ibn Miskawayh (murió en 1030), Avicena (980-1037), Averroes (1126-1198), Ramón LLul (1232-1315) y Alfonso X El Sabio (1221-1284).
* El humanismo y el comienzo de la educación
A partir del Renacimiento hay un interés específico por la atención a la infancia (etapa diferenciada), se crean orfanatos.
El maestro aparece como protagonista de la educación, es el centro del conocimiento. Los métodos educativos son severos y disciplinados, llegando al maltrato. Destacan las ideas de J. Comenio, Juan Bautista de la Salle o Vicente de Paul, los dos últimos preocupados por las clases más humildes.
1.2.3. De la Ilustración al siglo XX
* Unas ideas novedosas sobre la infancia y la educación
Pestalozzi se centra en el estudio y la atención a la infancia de riesgo social, quería integrar socialmente a los menores de escasos recursos a través del aprendizaje de un oficio, confiaba en sus potencialidades y concebía a los educadores al servicio de las necesidades del alumnado.
Fröbel pensaba que el aprendizaje formal parte del desarrollo natural de los niños, introdujo el juego como principal estrategia pedagógica en los primeros jardines de infancia.
* Industrialización y reglamentación estatal
La industrialización utilizó a los menores como fuerza de trabajo en tareas muy duras y de sobreexplotación, esto dio lugar a leyes protectoras de la infancia. En España en 1904 se incorporó la ley Tolosa Latour.
* La época dorada de la pedagogía y la psicología
Surge la Nueva Escuela (Montessori, Decroly, Freinet, Neill) con nuevas prácticas educativas.
La psicología se vuelca en el estudio de la infancia como etapa decisiva en el futuro desarrollo de la persona (Piaget, Vigotski, Wallon, Freud).
Pero su difusión se ralentizó por las guerras mundiales, la guerra civil española, los totalitarismos, las dictaduras y el miedo al comunismo.
* El largo camino hacia el reconocimiento mundial de la infancia
En el periodo de entreguerras y después de la 2ª Guerra Mundial la atención y la protección a la infancia alcanzaron la cobertura y el reconocimiento internacional del que hoy gozan. Este proceso culmina en 1989 y supone un cambio cualitativo en:
- Los organismos internacionales toman el relevo a las reglamentaciones estatales (marca de protección, atención y derechos a la infancia).
- Por primera vez se reconocen a los niños derechos civiles.
Desde una perspectiva mundial, nos encontramos una realidad muy desigual, el 20% de los niños gozan de una vida digna, pero el otro 80%, tiene las necesidades básicas no cubiertas, viven en condiciones de pobreza o pobreza extrema, y no tienen acceso a la sanidad ni a la educación.
1.3. Organismo internacionales relacionados con la atención a la infancia
Tras la 2ª Guerra Mundial hay miles de niños huérfanos por lo que surgen organismos de protección a la infancia. Pueden ser de dos tipos según su relación con el gobierno: oficiales o gubernamentales y no gubernamentales.
1.3.1. Organismos oficiales o gubernamentales
En 1945, la CNV quiere evitar la aparición de conflictos bélicos a gran escala. Sus objetivos son potenciar la cooperación en asuntos de derecho internacional, de la paz y la seguridad internacional, del desarrollo económico y social y de los derechos humanos.
Para ello crea los siguientes organismos:
* UNICEF
Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia. Su objetivo es garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia y contribuir al bienestar de los niños y jóvenes en todo el mundo. En 1946 se llamaba Fondo Internacional de Emergencia. En 1953 amplia su objetivo a escala mundial.
Dispone de numerosos programas:
- Supervivencia y desarrollo del niño.
- Educación básica e igualdad entre los sexos.
- VIH y la infancia.
- Protección del niño contra la violencia, la explotación y los malos tratos.
- Promoción de políticas y asociaciones a favor de los derechos de los niños.
* UNESCO
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Nació en 1945. Su objetivo es contribuir a la conservación de la paz y de la seguridad estrechando la colaboración entre las Naciones, con el fin de asegurar el respeto universal de la justicia, de la ley, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión.
En cuanto a la infancia su misión es dar apoyo al desarrollo de una política internacional que promueva la atención de la infancia desde todos los ámbitos.
* OMS
ganización Mundial de la Salud. Fundada en 1948 su misión es conseguir que todos los pueblo de la Tierra puedan gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr.
* OMEP
Organización Mundial de Educación Preescolar. Fue fundada en 1948 para promover la educación de los niños desde su nacimiento, trabajando para conseguir las condiciones que garanticen su bienestar, salud y desarrollo en el interior de las familias, instituciones y comunidades. Sus objetivos son promover las mejores condiciones de vida, su bienestar, su crecimiento y su felicidad, utilizando todos los medios a su alcance; estimular la investigación científica que permita influir sobre las condiciones anteriormente citadas; y apoyar todas las iniciativas dirigidas a mejorar la Educación Preescolar
* UIPE
Unión Internacional de Protección a la Infancia. Fundada en 1946, fue la primera en la promoción de los derechos de los niños. sus objetivos son ofrecer socorro a los niños sin ningún tipo de distinción; mantener relaciones entre los organismos y personalidades que trabajan en beneficio del bienestar de niños; y elevar el nivel de protección a la infancia y contribuir al desarrollo moral de los niños.
* IIN
Instituto Interamericano de Niños y Adolescentes. Fue creado en 1927 y su finalidad es fomentar la protección de los menores en todos los aspectos y en todos los países americanos y contribuir al desarrollo de políticas que garanticen la promoción y el ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia.
1.3.2. Organismos No Gubernamentales
Las ONGs surgen en el siglo XIX con el objetivo de impulsar la intervención social a través de proyectos de desarrollo. Son de carácter privado, sin animo de lucro, generalmente independientes de gobiernos y organismos internacionales.
Su misión es denunciar las violaciones de los derechos, modificar la realidad injusta y sensibilidad a la población sobre la realidad existente.
Están formadas por técnicos y trabajadores asalariados, cuerpo de cooperantes y voluntarios que ponen en marcha y desarrollan los proyectos impulsados por las organizaciones.
Jurídicamente pueden adoptar diferentes formas ( asociación, fundación...). la financiación se da de diferentes fuertes: subvenciones publicas, donaciones, cuotas de socios, venta de productos...
Sus campos de acción son: promoción de derechos humanos y denuncia de su violación, ayuda humanitaria, protección del medio ambiente, cooperación para el desarrollo...
1.4.1. La declaración de Ginebra
En 1923 se da el primer paso hacia el reconocimiento de los derechos de los niños. Eglantyne Jebb fundó Save the Children Fund y la Unión Internacional de Auxilio al Niño (1920) que tiene la primera idea de formular una Declaración de los Derechos del Niño. Se conceptualiza la niñez como un colectivo que debe ser objeto de medidas especiales de protección, para garantizar su normal desarrollo.
En 1924 paso a ser conocida como la Declaración de Ginebra. En sus artículos dice que el niño:
1) Debe desarrollarse desde un punto de vista material y espiritual.
2) Hambriento deberá ser alimentado, el enfermo, atendido...
3) Debe ser el primero en recibir socorro.
4) Debe ser puesto en condiciones de salvarse la vida y protegido de la explotación.
5) Debe ser educado inculcándole el sentimiento del deber.
1.4.2. La Declaración de los Derechos del Niño
Después de la Segunda Guerra Mundial se crea UNICEF. El 20 de noviembre de 1959 se aprueba la Declaración de los Derechos de los Niños. Este documento resalta que la sociedad debe proporcionar protección a los niños y dotarlos de derechos y que los gobiernos nacionales deben reconocer esos derechos y promulgar medidas legislativas en relación a estos.
1.4.3. La Convención de los Derechos del Niño
* El camino hacia la Convención
El 1978 se elaboro la Convención de los Derechos de los Niños, y en 1989 fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Actualmente es aceptada por todos los países del mundo, excepto Somalia y Estados Unidos.
* El significado de la Convención
La convención es un documento que trata un acuerdo entre estados, con fuerza jurídica y obligado cumplimiento.
Se compone de 54 artículos que señalan derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Por primera vez, los niños de todo el mundo son considerados sujetos de derechos civiles y políticos y objeto de protección especial.
Reconoce que en todos los países hay niños que viven en condiciones difíciles y que necesitan especial consideración.
Aboga por la cooperación internacional.
* El contenido de la Convención
Sus 54 artículos se apoyan en cuatro principios básicos:
· No discriminación: ningún tipo de discriminación por razones de raza, color, sexo, idiomas, religión, ideas políticas...
· Interés superior del menor: todas las medidas respecto del menos deben estar basadas en la consideración de si interés superior; deben asegurar una adecuada protección y cuidado cuando las personas responsables no tienen capacidad de hacerlo.
· Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: los estados tienen que garantizar el derecho a la vida y al desarrollo integral de los niños.
· Participación: los menores pueden y deben expresar sus opiniones en los temas que les afecten.
* Los protocolos facultativos
La convención sobre los derechos de los niños es un instrumento activo y dinámico a través del que se pueden mejorar las condiciones de los niños en el mundo.
La realidad es mucho mas compleja y los niños continúan siendo objeto de violación. Para hacer frente a estas situaciones se crean los protocolos facultativos, destinados a combatir dos fenómenos:
- El protocolo facultativo sobre la participación de los niños en los conflictos armados.
- El protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía.
1.4.4. Los derechos de la infancia en la Unión Europea
La UE también ha abordado los derechos de los niños/as. Sus documentos mas importantes son:
· Carta europea de los derechos del niño: concreta los problemas de los menores derivados de la integración europea y el mercado único.
· Carta de derechos fundamentales: reconoce especialmente los derechos de la infancia.
· Estrategia sobre los derechos de la infancia: con objeto de promover y proteger de forma eficaz los derechos de la infancia en la política interior y exterior de la unión europea y apoyar la labor de los estados miembros en este ámbito. Las propuestas son: números de teléfono únicos para asistencia a niños y llamadas referidas a niños desaparecidos o victimas de explotación sexual; apoyo a los bancos en su lucha contra la utilización de tarjetas de crédito para la compra en Internet de imágenes de pornografía infantil; plan de acción sobre las necesidades prioritarias de los niños en los países en desarrollo; acciones conjuntas en la UE en materia de lucha contra la pobreza infantil.
1.5. El marco jurídico de la atención a la infancia en España
La actuación del gobierno español y de las Administraciones respecto a la atención, protección y derechos de la infancia se enmarcan en el marco internacional (convención de los derechos del niño. UE) y en el marco constitucional.
1.5.1. El marco internacional
El estado español es miembro de la UE y de la ONU por lo que no puede negar ni contradecir la Declaración de los Derechos Humanos ni la Convención sobre los Derechos del Niño; es decir, la protección a la infancia en nuestro país tiene como marco de referencia la Convención. La legislación española puede concretar o especificar la forma de hacer respetar estos derechos pero nunca negarlos ni restringirlos.
1.5.2. El marco constitucional
En la Constitución de 1978 se establece la justicia, la libertad y la seguridad para garantizar la convivencia democrática.
En ella encontramos varios artículos relacionados con la atención a la infancia, su protección y sus derechos.
1.6. La protección jurídica del menor
La protección de los menores en nuestro país viene regulada por la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.
* Patria potestad
Es el conjunto de derechos y deberes que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos mientras estos son menores de edad o están en situación de incapacidad y tiene como objetivo velar por el interés superior de los hijos.
Engloba la guarda de los hijos por vía natural, implica una cohabitación con ellos y su obligación de cuidarlos, protegerlos y asistirlos.
Cuando los padres no pueden cuidar al menor, la entidad publica competente asumirá la guarda. La entrega de la guarda se hace por escrito. No implica la perdida de la patria potestad.
Los poderes públicos pueden privar de la patria potestad a los progenitores cuando incumplen sus obligaciones, también podrán restituírsela
Tutela
Institución jurídica que consiste en el poder concedido por la Ley a una persona física o jurídica (tutor) sobre la persona y los bienes de un menor o persona incapacitada, en su beneficio y para su protección bajo control judicial. Sustituye a la patria potestad cuando no puede ser ejercida por los padres o cuando los poderes públicos deciden alejar al menor de su domicilio. Se extingue por emancipación, adopción, fallecimiento, recuperación de la patria potestad de los progenitores o porque una resolución judicial pone fin a la incapacidad que dio origen a la tutela.
Curatela
Tiene por objeto la intervención de la figura del curador, únicamente en aquellos actos en los que el menos o persona incapacitada no pueda intervenir por si misma. Se trata de una asistencia legal, en el que el curador se convierte en representante del menor o la persona incapacitada, excepto en todo aquello que pueda hacer por si misma. El ámbito de actuación es menor que el del tutor.
Defensor judicial
Persona que defiende los intereses del menor cuando exista un conflicto de intereses entre los menores o personas incapacitadas y sus representantes legales o el curados; o cuando el tutor o curador no desempeñe sus funciones.
Acogimiento familiar
Figura que otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar con carácter temporal.
El objetivo es integrar socialmente a los menores en un núcleo familiar que respete su historia y su identidad, manteniendo los vínculos con la familia natural. Se realiza por escrito con el consentimiento de la entidad publica, los padres biológicos y la familia de acogida.
AdoPCión
Figura jurídica que consiste en l creación de una filiación por decisión judicial. Salvo excepciones, en el momento de la adopción desaparecen los vínculos de la persona adoptada con la familia biológica.
La emancipación
Supone la extinción de la patria potestad o tutela sobre una persona. Así esta puede pasar a regirse y a regir sus bienes como si fuera mayor de edad. Se puede obtener por: mayoría de edad, matrimonio, si es mayor de 16 años, por concesión paterna o materna o por concesión judicial.
1.6.2. Ley de Protección Jurídica del Menor
La protección del menor en el estado español esta regulada por la Ley Orgánica.
Principios:
· Se prima el interés superior del menor sobre cualquier otro.
· Las medidas tienen carácter educativo.
· Se procura la colaboración de la familia y se prima la permanencia en el entorno familiar.
· Se concibe a los menores como sujetos de derecho.
· Adecuación a la normativa internacional.
1.7. La responsabilidad penal del menor
El Código Penal fue aprobado por la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre, donde se fija la mayoría de edad en 18 años.
* Responsabilidad penal de los menores
Pretende compaginar la aplicación de un procedimiento sancionador - educativo que respete los intereses del menor, pero sin olvidar el interes propio de las personas perjudicadas o victimas del hecho cometido por el menor.
Responsabilidad solidaria de los padres, tutores, acogedores o guardadores.
Establece el limite de los 14 años para exigir responsabilidad sancionadora a los menores de edad penal y establece una diferencia en las consecuencias por los hechos cometidos entre los 14 y los 16 años.
1.8.1. Sistema educativo
La Ley Orgánica de Educación es la que regula actualmente el sistema educativo, aunque anteriormente han existido otras ( LGE, LODE, LOGSE, LOCE)
El Titulo Preliminar trata de los principios y los fines de la educación, asi como de la etapa educativa, el currículo y la cooperación entre las autoridades educativas.
El Título I establece la ordenación de las enseñanzas en las siguientes etapas:
· Educación infantil: etapa única y no obligatoria, organizada en dos ciclos (0-3, 3-6). Tiene intención educativa, no necesariamente escolar.
· Educación primaria: comprende seis cursos académicos divididos en tres ciclos organizados en áreas, entre los 6 y los 12 años.
· Enseñanza secundaria obligatoria comprende cuatro cursos entre los 12 y los 16 años. Los tres primeros cursos tienen un carácter mas común, el cuarto, orientador (estudios postobligatorios e incorporación a la vida laboral)
La educación primaria y secundaria tienen carácter obligatorio y gratuito. Componen la enseñanza básica.
· Bachillerato: comprende dos cursos y se desarrolla en tres modalidades diferentes.
· Formación Profesional: conjunto de ciclos formativos de grado medio y superior cuya finalidad es preparar a los alumnos para el desempeño de diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica.
El Titulo II presta apoyo educativo a niños con necesidades especificas y se reconoce por primera vez atención especifica para el alumnado con otras capacidades intelectuales.
El Titulo III se refiere al papel del profesorado.
El Titulo IV, sobre los centros escolares.
El Titulo V, participación, autonomía y gobierno de los centros.
El Titulo VI, evaluación del sistema educativo.
El Titulo VII, inspección del sistema educativo.
El Titulo VIII, recursos económicos e incremento del gasto publico en educación para cumplir los objetivos de esta Ley.
1.8.2. El sistema de salud
Implantada y regulada por la Ley General de Sanidad. Esta Ley se basa en el principio de que toda persona tiene derecho a la salud.
Características: cubre a toda la población, accesibilidad y desconcentración, descentralización de la gestión de recursos sanitarios, atención primaria.
1.9.1. Recursos y servicios de atención a la infancia
* Atención en el ámbito educativo y socioeducativo
Los centros relacionados con la educación infantil están distribuidos de manera desigual en el territorio español, habiendo amplias diferencias entre unas comunidades y otras.
También existen diferentes servicios destinados a niños/as menores de 3años, creados para ofrecer atención socioeducativa de calidad y favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, al igual que sucede con las escuelas infantiles, su presencia es desigual en el territorio ( ludotecas, casas de niños...)
* Atención en el ámbito social
El entorno idóneo para el niño es el núcleo familiar, pero existen ocasiones en que los pequeños se encuentran en grave situación de riesgo o desamparo y en esos casos es necesaria la intervención de los servicios de atención a la infancia.
El sistema publico de servicios sociales es un conjunto de servicios y prestaciones que tiene como finalidad la promoción y desarrollo pleno de todas las personas y familias para la obtención de un mayor bienestar social y mejor calidad de vida.
Existen dos niveles de atención:
- Servicios sociales básicos o de atención primaria dirigidos al conjunto de la población y tiene funciones de información, orientación, asesoramiento y detección de situaciones de riesgo. Es el primer nivel de atención.
- Servicios sociales especializados, da respuesta a situaciones de especial complejidad, en la que se necesita una alta especialización (diagnostico, tratamiento, apoyo o rehabilitación a personas en riesgo social). Es el segundo nivel de atención.
Existe un nivel superior de servicios especializados para niños separados de manera temporal o permanente de su entorno familiar ( centro de acogida, centros residenciales y acogimiento familiar).
1.9.2. El Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia
* Fundamentación y finalidad del plan
Su finalidad es promover el bienestar de la infancia y la adolescencia teniendo en cuenta sus intereses y necesidades, con el objetivo de incrementar su calidad de vida y el desarrollo de sus capacidades.
* Actuaciones del Plan
En cuanto a medidas para alcanzarlos, el plan establece una secuencia muy detallada, indicando además, un organismo competente para su realización y las entidades u organismos colaboradores.
* El desarrollo del Plan
Para contemplar el Plan , las diferentes Comunidades Autónomas e incluso los Ayuntamientos han elaborado su propio plan de atención a la infancia.