Lagunas del derecho: teorías, antinomias y problemas de interpretación normativa

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Las lagunas del derecho

Teoría del espacio jurídico vacío

Descripción: La teoría del espacio jurídico vacío sostiene que las acciones no reguladas son irrelevantes para el Derecho y, en un sentido débil, estarían permitidas.

Crítica (Norberto Bobbio): Que la libertad no se proteja puede traducirse en la libertad de otro para ejercitar la fuerza, lo que plantea problemas graves desde la perspectiva de la seguridad jurídica y la protección de derechos.

Teoría de la norma general excluyente

Descripción: La teoría de la norma general excluyente postula la existencia de una norma implícita que da respuesta a todos los casos no previstos en normas particulares, excluyendo en esos supuestos la aplicación de la regulación prevista por las normas particulares.

Concepción liberal del Derecho y del Estado

Desde una concepción liberal del Derecho y del Estado, las intervenciones jurídicas en el ámbito de la libertad natural deben estar estrictamente tasadas y ser formuladas por el órgano que posee legitimidad democrática.

Problema práctico

En muchos sistemas jurídicos modernos, el principio «todo lo que no está prohibido, está permitido» rige estrictamente únicamente en el Derecho penal y en el ámbito sancionador. Fuera de ese ámbito, suele operar lo contrario: es posible extender la solución prevista en una norma para un caso a otros supuestos no expresamente incluidos.

Las antinomias jurídicas

Definición

Antinomia: Contradicción entre dos normas del mismo sistema jurídico que establecen calificaciones normativas opuestas y que poseen el mismo ámbito de validez material y personal, así como el mismo ámbito espacial y temporal.

Tipos de contradicción en las calificaciones normativas

  • Mandato / Prohibición
  • Mandato / Permiso negativo
  • Prohibición / Permiso positivo

Clasificación según Alf Ross

  • Antinomia total-total: Los ámbitos de aplicación coinciden por completo, de modo que en ningún caso ambas normas pueden aplicarse sin entrar en conflicto.
  • Antinomia total-parcial: El ámbito de validez de una de las normas está totalmente comprendido en el ámbito de la otra; la relación de inclusión plantea problemas de solución normativa específicos.
  • Antinomia parcial-parcial: Las dos normas se superponen parcialmente; el conflicto se limita a la zona de solapamiento y puede requerir criterios interpretativos para su resolución.

Aclaración final

Es importante subrayar que la antinomia se produce entre normas y no entre disposiciones concretas. La distinción entre norma y disposición resulta relevante para determinar el ámbito de validez y los criterios aplicables para resolver conflictos normativos.

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