Legitimación: Institución Jurídica para Adquirir la Condición de Hijo Legítimo
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La legitimación es una institución que en algunos casos constituye un acto jurídico, mediante la cual los hijos naturales, esto es, los nacidos de concubinato, adquieren la condición de legítimos. Al legitimado, se le exige que sea hijo natural, ficticiamente se le va a considerar como nacido de legítimo matrimonio y en base a esta suposición adquiere el título y condición jurídica de un hijo legítimo quedando bajo la potestad del padre natural.
Formas de Legitimación
- Por Matrimonio Subsecuente de los Padres: existen 2 posibilidades
- Hijo natural ya nacido: si el padre natural contrae después matrimonio con la concubina que era la madre del hijo, este adquiere la condición.
- Hijo natural concebido pero no nacido: concebidos fuera de matrimonio pero nacidos en él.
- Por Oblación a la Curia: faculta al pater para legitimar a un hijo natural si lo ofrecía para integrar la curia de su ciudad, como de curión, siempre que no tuviera hijos legítimos.