La Letra de Cambio: Concepto, Elementos y Funcionamiento
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La Letra de Cambio
Concepto
La letra de cambio es un título valor, un título de crédito, mediante el cual una persona, llamada librador, emite una orden de pago para que otra persona, llamada librado, realice el pago al beneficiario cuando este la presente.
Personas que Intervienen en la Letra de Cambio
- Librador: Es quien emite la letra y da la orden de pago.
- Librado: Es la persona obligada a realizar el pago.
- Beneficiario: Es quien tiene el derecho a cobrar la letra.
- Endosante: Es aquel que transmite unilateralmente los derechos de propiedad y otros derechos que derivan de la letra de cambio a un tercero o a un signatario.
- Endosatario: Es aquel a quien el endosante transmite los derechos de la letra.
- Avalista: Es quien garantiza el pago de la obligación contenida en la letra.
Requisitos de la Letra de Cambio
Una letra de cambio debe contener los siguientes requisitos:
- La denominación de "letra de cambio" inserta en el mismo texto del título y expresada en el mismo idioma empleado en la redacción del documento.
- La orden pura y simple de pagar una suma determinada. Se refiere al beneficiario de la letra de cambio. Es importante considerar que el pago no puede estar condicionado.
- El nombre del que debe pagar (librado), es decir, la persona que está obligada a efectuar el pago y, para ello, deberá aceptar/firmar la letra de cambio.
- Indicación de la fecha de vencimiento.
- El lugar donde el pago debe efectuarse.
- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago.
- La fecha y el lugar donde la letra fue emitida.
- La firma del que gira la letra (firma del librador), de quien emite la letra y ordena el pago.
Tipos de Letra de Cambio
- A la orden del mismo librador: En este caso, el librador puede ser el beneficiario; es decir, quien emite la letra de cambio es el mismo beneficiario.
- Librada contra el librador mismo: El librador puede ser el obligado o librado. Se da en el caso de que el obligado sea quien emite la letra al beneficiario.
- Librada por cuenta de un tercero: El librador le da la orden a un tercero para que realice el pago.
Letra de Cambio Domiciliada
Una letra de cambio puede ser pagadera en el domicilio de un tercero, ya sea en el del propio librado o en algún otro lugar (letra de cambio domiciliada).
Casos en que una Letra de Cambio Puede Generar Intereses
En una letra de cambio pagadera a la vista o a cierto tiempo vista, puede estipularse por el librador que el valor de la misma devengará intereses.