La letra de cambio y otros títulos valores
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La letra de cambio
El título valor que obliga a pagar a su vencimiento, en un lugar determinado una cierta cantidad de dinero a la persona primeramente indicada en el documento o, a la orden de esta, a otra persona también designada en el mismo.
Librador: persona que emite la letra.
Librado: persona que recibe la orden de pago.
Tomador: persona que tiene el derecho de cobro y a cuya orden el librado debe pagarla.
Endosantes y endosatarios: cuando el tomador ordena que la letra se pague a otra persona transmite el derecho de cobro a un tercero.
Avalista: persona que garantiza el pago de la letra.
El vencimiento se puede expresar: a la vista, a.. días vista, a … días fecha… según las cláusulas: con gastos, con protesto, sin gastos o sin protesto.
Acepto: con la firma del acepto, el librado se compromete a pagar la cantidad reflejada en la letra. Si el librado es una persona jurídica, figurará la firma del apoderado, haciéndolo constar en la antefirma con la expresión por poder, por orden o por autorización.
Presentación al cobro: El tenedor deberá presentarla al cobro el día de vencimiento cuando sea festivo en uno de los siguientes días hábiles, si no la presenta pierde la acción de regreso contra los obligados cambiarios, con excepción del aceptante y su avalista. Cuando el librado o su avalista se nieguen a pagar la letra de cambio, el tenedor puede ejercer acciones judiciales contra ellos, o acudir a la “acción de regreso” contra el librador, endosantes y avalistas, para ello debe demostrar, por medio del protesto notarial, o declaración equivalente que la letra fue presentada en tiempo y forma.
Pagare
El pagare es un documento que contiene una promesa de pago. La persona que lo emite promete pagar una cantidad de dinero a otra que se denomina beneficiario.
Transferencia bancaria interna
Cuenta del ordenante y del beneficiario pertenecen a la misma entidad. “Traspaso de fondos”.
Recibo
La persona que cobra a otra una cantidad de dinero le entrega un recibo como documento acreditativo del pago realizado; el recibo no es un medio de pago, sino un justificante. Los recibos tradicionales están unidos formando un talonario y cada hoja consta de dos partes recibo y matriz.