Libertad Vigilada: Medida de Seguridad en el Código Penal
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Libertad Vigilada
Es una medida de seguridad que el Tribunal impone para el seguimiento del sujeto, su resocialización y evitar que vuelva a delinquir, siguiendo las pautas marcadas por la institución o profesional asignado.
Regulación en el Código Penal
Viene regulada en el Código Penal, estableciendo las siguientes obligaciones para el sujeto:
- Tiene que estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permiten su seguimiento.
- Tiene que presentarse periódicamente en el lugar que el Juez o Tribunal establezca.
- Tiene que comunicar inmediatamente cada cambio del lugar de residencia o trabajo.
- Tiene que participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros.
- Tiene que seguir tratamiento médico externo o someterse a un control médico periódico.
- No puede ausentarse del lugar donde resida sin autorización del Juez.
- No puede aproximarse ni comunicarse con la víctima u otras personas que determine el Juez.
- No puede acudir ni residir en determinados lugares.
- No puede desempeñar actividades que puedan facilitarle actos delictivos.
Aplicación
- En los sujetos inimputables o semiimputables según su grado de peligrosidad.
- Como medida de seguridad en aquellos sujetos que hayan cumplido una pena privativa de libertad.
Libertad Vigilada como Medida de Seguridad
Está concebida como una medida de seguridad y no como una pena. A diferencia del resto de las medidas de seguridad, que se aplican a personas inimputables, la libertad vigilada se basa en el pronóstico de peligrosidad de un sujeto. Se contempla para diversos delitos, especialmente los delitos contra la libertad e indemnidad sexual o terrorismo.
Libertad Vigilada vs. Libertad Condicional
Libertad vigilada: medida de seguridad no privativa de libertad.
Libertad condicional: Permiso que se le concede a un condenado en la última parte de la pena por haber mostrado buen comportamiento.