La Libre Circulación de Capitales en la Unión Europea: Un Análisis Profundo

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La Libre Circulación de Capitales en la Unión Europea

Introducción

La libre circulación de capitales, consagrada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), es la más reciente y amplia de las libertades fundamentales del mercado único. Su alcance se extiende incluso a terceros países, lo que la distingue de otras libertades. Inicialmente, los Tratados no exigían una liberalización total; los Estados miembros debían eliminar las restricciones solo en la medida necesaria para el funcionamiento del mercado común.

Evolución hacia la Plena Liberalización

Con la evolución del contexto económico y político en Europa y el mundo, el Consejo Europeo impulsó la Unión Económica y Monetaria (UEM) en 1988, buscando una mayor coordinación de las políticas económicas y monetarias nacionales. La primera fase de la UEM introdujo la plena libertad para la circulación de capitales, inicialmente a través de una directiva y luego consagrada en el Tratado de Maastricht.

Marco Jurídico: Artículos 63 a 66 del TFUE

Prohibición de Restricciones

El artículo 63 del TFUE prohíbe cualquier restricción a la circulación de capitales y pagos entre Estados miembros y entre estos y terceros países. Esta prohibición es general, abarcando todos los obstáculos, no solo los discriminatorios. Se busca la eliminación de cualquier impedimento, más allá de la simple igualdad de trato por razón de nacionalidad (véase el asunto C-367/98, Comisión contra Portugal, apartado 44).

Trato Fiscal a la Inversión Extranjera

El artículo 65, apartado 1, del TFUE permite un trato fiscal diferente para la inversión extranjera y de no residentes, siempre que no sea discriminatorio ni una restricción encubierta a la libre circulación de capitales y pagos (artículo 65, apartado 3, del TFUE).

Principio de Libre Circulación frente a Reciprocidad

Incluso en relación con terceros países, el principio de libre circulación de capitales prevalece sobre la reciprocidad y el mantenimiento de una ventaja negociadora de los Estados miembros (véase el asunto C-101/05, Skatteverket contra A).

Obligaciones de Notificación

El derecho a la libre circulación de capitales no se ve afectado por las obligaciones de notificación de operaciones transfronterizas (por ejemplo, pagos electrónicos o movimientos de efectivo y títulos por encima de ciertos límites) para fines estadísticos del sector exterior. Estas notificaciones se utilizan para la determinación de la balanza de pagos de los Estados miembros y la Unión Económica y Monetaria.

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