Locuciones Latinas en Derecho: Guía Completa
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Locuciones Latinas en Derecho
1. Ad Impossibilia Nemo Tenetur
Nadie está obligado a realizar lo imposible.
2. Adhuc Sub Iudice Lis Est
La causa está aún en poder del juez.
3. Contra Iuris Civilis Regulas Pacta Conventa Non Habentur
Los pactos estipulados en contra del derecho civil no se consideran ratificados.
4. Cui Prodest?
¿A quién beneficia? ¿Quién se beneficia?
Hace referencia a lo esclarecedor que puede resultar, en muchos casos, a la hora de determinar la autoría de un acto que permanece desconocida (por ejemplo, en un delito), el preguntarse por, y llegar a determinar, quién se habría de beneficiar con sus resultados. Es considerado un principio del Derecho Romano.
5. Dura Lex Sed Lex
Ley dura pero ley.
En español coloquial, su traducción del latín, en un plano comprensible, sería la siguiente: "La ley es dura, pero siempre es, y no puede dejar de ser, la ley". Viene a producir un mensaje conminativo a respetar la ley, en todos los casos, incluso aunque nos perjudiquemos con ello.
6. Excusatio Non Petita, Accusatio Manifesta
Excusa no pedida, manifiesta acusación.
Es una locución latina de origen medieval.
Significa que todo aquel que se disculpa de una falta sin que nadie le haya pedido tales disculpas se está señalando como autor de la falta. En español se podría traducir por las expresiones "quien se excusa, se acusa", "disculpa no pedida, culpa manifiesta".
7. Facta Non Praesumuntur Sed Probantur
Los hechos no se suponen, sino que se prueban.
8. Ibi Potest Valere Populus Ubi Leges Valent
El pueblo puede estar bien allí donde las leyes están bien (se respetan).
9. In Dubio Pro Reo
En caso de duda, a favor del reo.
10. Iudex Damnatur Cum Nocens Absolvitur
El juez es condenado cuando el culpable es absuelto.
11. Legum Omnes Servi Sumus Ut Liberi Esse Possimus
Todos somos esclavos de las leyes para que podamos ser libres.
12. Libertas Est Potestas Faciendi Id Quod Facere Iure Licet
La libertad es la facultad de hacer lo que es permitido por la ley.
13. Nemo Esse Iudex In Sua Causa Potest
Nadie puede ser juez de su propia causa.
Significa que uno no puede ser juez y parte.
14. Nemo Inauditus Condemnetur
Que no se condene a nadie sin ser oído.
15. Optima Est Lex Quae Minimum Relinquit Arbitrio Iudicis; Optimus Iudex, Qui Minimum Sibi
Es mejor la ley cuanto menos deja a la arbitrariedad del juez; el mejor juez es el que prescinde de la discreción propia.
Es decir, una ley clara deja poco margen para que diferentes jueces puedan interpretarla de diferentes maneras.
16. Qui Iure Suo Utitur Neminem Laedit
Quien ejerce su propio derecho no daña a nadie.
17. Referendum (abreviación de “ad referendum”)
Lo que se consulta.
Procedimiento por el que se somete a voto popular una ley o acto administrativo.