Lógica deóntica, interpretación jurídica y argumentación: normas, métodos y corrección

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Lógica deóntica

Lógica deóntica estudia las relaciones y formas de resolución de problemas de ajuste entre normas que establecen obligaciones, prohibiciones o permisos.

Normas implícitas

Normas implícitas: no aparecen expresamente en una disposición normativa, sino que se deducen del contenido de una o varias disposiciones.

Función sistematizadora

Función sistematizadora: se definen conceptos relativos al objeto de estudio per genus et differentiam, identificar características comunes que comparten un número de elementos (especies) y agruparlas bajo el mismo concepto (género). Método realista: definiciones tipo funcional, según el cual los conceptos no se refieren a ninguna entidad o esencia sino que son formas de referirse a hechos.

Objetivo

Objetivo: describir y ordenar para operar mejor con el derecho y la inferencia de principios y valores subyacentes al derecho.

Propiedad

Propiedad: término que sirve para conectar una serie de hechos con una serie de consecuencias jurídicas.

Interpretación

Interpretación: proceso por el que se proporciona un significado a los enunciados de los textos jurídicos.

Investigación de lege data

Investigación de lege data: toda investigación jurídica que busca resolver un problema de interpretación del material normativo señalando la mejor solución para una cuestión concreta… ejemplo: matrimonio igualitario.

Lege ferenda

Lege ferenda: proponer reformas del derecho positivo, criticando la normativa vigente y formulando una propuesta normativa alternativa.

Argumentos y su elaboración

Argumentos: las afirmaciones que se sostienen deben estar probadas y apoyadas en una argumentación adecuada; es labor de construcción y elaboración de argumentos. Los textos normativos adolecen de ambigüedad y vaguedad. Todo acto de decisión jurídica es un acto de interpretación: decidir y optar por un resultado de los que pueden atribuirse a un término es el resultado de una labor de interpretación.

Tipos básicos de interpretación

  • Interpretación literal.
  • Interpretación correctora (restrictiva o extensiva).

La argumentación implica la existencia de un problema; por lo tanto, no puede considerarse argumento a expresiones que simplemente enuncien verdades lógicas. La argumentación va ligada a la actividad investigadora: detecta el problema y ofrece respuestas como soluciones, característica del método científico.

Momentos del proceso argumentativo

  1. Identificación y presentación de premisas correctas: corrección material.
  2. Paso correcto de las premisas a la conclusión: corrección formal.
  3. Congruencia de la conclusión con las premisas básicas del sistema de referencia: corrección pragmática.

Corrección formal

Corrección formal: se interesa no por la corrección de las premisas, sino por el paso de las premisas a la conclusión («regla de inferencia»). En los argumentos de carácter deductivo, la sentencia puede entenderse como un silogismo deductivo o modus ponens: la ley es la premisa mayor, los hechos del caso la premisa menor y el fallo es la conclusión del silogismo.

Los argumentos inductivos parten de lo particular a lo general; a diferencia de los deductivos, su paso de las premisas a la conclusión no es necesario ni «cerrado», y su validez depende de factores materiales y contextuales. Ofrecen menor seguridad y poder de convicción que los deductivos.

Formas clásicas de argumentación

  1. Argumento a pari o a simili: analogía en sentido estricto; consiste en extender la solución de un caso regulado a uno semejante no regulado.
  2. A fortiori: la solución se extiende con mayor razón a otro caso no previsto.
  3. A contrario: negar o rechazar la argumentación a pari, excluyendo la solución del caso regulado y no aplicándola al caso no regulado.
  4. Argumento de autoridad: usar una opinión cualificada como premisa en apoyo a la conclusión. Reglas prácticas: 1) la fuente debe ser citada lo más exhaustivamente posible; 2) usar fuentes cualificadas y contrastadas; 3) evitar los ataques personales (ad hominem).

Corrección material

Corrección material: una buena argumentación exige comprobar también la corrección de las propias premisas. Cuando los principios entran en conflicto, el juez debe decidir cuál de ellos prevalece en su sentencia.

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