LSSI: Obligaciones Legales para Sitios Web y Comercio Electrónico en España

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Preguntas Frecuentes sobre la LSSI y su Aplicación

Este documento aborda las dudas más comunes sobre la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), explicando su ámbito de aplicación y las obligaciones para diferentes tipos de actividades en línea.

¿Quién está sujeto a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI)?

Las personas que realicen actividades económicas por Internet u otros medios telemáticos, siempre que la dirección y gestión de sus negocios esté centralizada en España o posean una sucursal, oficina o cualquier otro tipo de establecimiento permanente situado en territorio español, desde el que se dirija la prestación de servicios de la sociedad de la información.

¿Los servicios prestados de forma gratuita están dentro del ámbito de aplicación de la LSSI?

Todos los servicios que se ofrecen a cambio de un precio o contraprestación están sujetos a la nueva Ley.

¿Se aplica la LSSI a las Administraciones Públicas?

En general, la LSSI no se aplica a las Administraciones Públicas, puesto que estas no tienen el carácter de prestador de servicios de la sociedad de la información, tal como se define en su anexo.

¿Se aplica la legislación española si un consumidor residente en España compra un producto o contrata un servicio a una tienda online extranjera?

La normativa española se aplicará a los contratos que los consumidores celebren con prestadores establecidos en España. El lugar de establecimiento en España de un prestador de servicios debe estar indicado en su página web y puede comprobarse mediante consulta al Registro Mercantil u otro registro en el que el prestador esté inscrito.

También se aplicará la Ley española a las compras que se efectúen a prestadores de servicios establecidos en otro Estado de la Unión Europea, siempre que la normativa española sea más beneficiosa para el consumidor que la legislación del país en que resida el prestador de servicios.

Si la compra o la contratación del servicio se realiza a un prestador de servicios establecido en un país que no pertenezca al Espacio Económico Europeo, la legislación española solo será aplicable si los consumidores españoles compran en tiendas virtuales que dirijan su actividad al mercado español o se hayan puesto en contacto con el consumidor a través de correo electrónico.

Mi empresa tiene una página web informativa, sin contratación directa. ¿Me afectan las obligaciones de la LSSI?

La Ley se aplica a toda actividad con trascendencia económica que se realice por medios electrónicos. En este caso, la empresa solo está obligada a facilitar, a través de su página web, los datos de información general establecidos en el artículo 10, que se refieren principalmente a denominación, domicilio y actividad, y a asegurarse de que la publicidad de otras empresas que, en su caso, figure en la página web pueda distinguirse claramente del contenido propio de la página y esté identificado el anunciante.

Si la empresa está inscrita en un Registro público en el que sea necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica o a efectos de publicidad, deberá comunicar al mismo el nombre de dominio o dirección de Internet que utilice habitualmente para su identificación en Internet.

¿Cuándo se considera que una página web realiza una actividad económica?

Cuando el titular percibe ingresos directos (por actividades de comercio electrónico que lleve a cabo a través de la página, etc.) o indirectos (por publicidad, patrocinio, etc.) derivados de su página web, con independencia de que estos permitan sufragar el coste de mantenimiento de la página, igualen esa cantidad o la superen.

Tengo una página web personal con banners publicitarios. ¿Cómo me afecta la LSSI?

La Ley no se aplicará a una página web personal cuando su titular no realice ningún tipo de actividad económica a través de la misma.

Si la página web tiene alojada publicidad en forma de "banners", "pop-ups", etc., su titular estará sujeto a la Ley si percibe alguna remuneración por los mismos. Si estos no generan ningún ingreso a su titular, por ejemplo, por haber sido impuestos a cambio de la prestación de un servicio gratuito de alojamiento, este no estará obligado a cumplir las obligaciones previstas en la Ley.

Todo ello sin perjuicio de que a esta página le afecten otras normas jurídicas aplicables por ser públicamente accesible, como el Código Penal o la legislación sobre propiedad intelectual.

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