Magistraturas e Instituciones de la República Romana: Poder y Sociedad
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Magistraturas Romanas: Cargos y Funciones en la República
Condiciones de Acceso
Para acceder a una magistratura en la República Romana, se debían cumplir las siguientes condiciones:
- Ser ciudadano romano.
- Poseer una determinada fortuna.
- Tener experiencia previa en la gestión de asuntos públicos.
- No tener ninguna causa de indignidad.
- El cargo no estaba retribuido (era un honor).
- Se trataba de magistraturas colegiadas (generalmente ocupadas por más de una persona, excepto la dictadura).
Tipos de Magistraturas
Magistraturas Extraordinarias
Designadas para situaciones de emergencia o particulares:
- Interrex: Asumía el poder durante los periodos de transición entre magistrados supremos (vacancia consular).
- Dictador: Nombrado en situaciones de grave emergencia que requerían la concentración del poder de los dos cónsules en una sola persona por un tiempo limitado (máximo 6 meses). Poseía imperium supremo.
Magistraturas Ordinarias (Cursus Honorum)
Formaban la carrera política habitual, conocida como cursus honorum:
- Cónsules: Eran dos y constituían la magistratura suprema y epónima (daban nombre al año). Estaban dotados de imperium (mando militar y civil) y potestas (poder administrativo).
- Pretores: Inicialmente uno, luego dos (praetor urbanus para ciudadanos y praetor peregrinus para litigios con extranjeros) y su número aumentó posteriormente. Su función principal era la administración de justicia. Poseían imperium.
- Cuestores: Responsables del tesoro público (aerarium) y de los archivos del Estado. Eran los primeros escalones del cursus honorum.
- Censores: Eran dos y se elegían cada cinco años para un mandato de 18 meses. Realizaban el censo de ciudadanos, vigilaban las costumbres (cura morum) y podían emitir notas censorias para excluir a personas de ciertas clases o del Senado.
- Ediles: Eran cuatro (dos curules y dos plebeyos). Se encargaban del orden público, el abastecimiento de la ciudad (cura annonae), la organización de juegos (cura ludorum) y el mantenimiento de edificios públicos (cura urbis).
- Tribunos de la Plebe: Eran diez y su función era defender los intereses de la plebe. Tenían derecho de veto (ius intercessionis) contra las acciones de otros magistrados y podían convocar las asambleas de la plebe (concilium plebis). Eran sacrosantos.
Instituciones Políticas de la República Romana
El Senado
El Senado era el consejo supremo del Estado romano.
- Composición: Sus miembros (senadores) eran incluidos en la lista senatorial por los censores, generalmente seleccionados entre exmagistrados. No debían tener nota censoria. Su número varió: tradicionalmente 300 al inicio de la República, aumentando hasta 900 al final del periodo.
- Funciones:
- Dirigir la política exterior (declaraciones de guerra, tratados, recepción de embajadas).
- Asesorar a los magistrados (senatusconsulta).
- Administrar las finanzas públicas junto con los cuestores.
- Podían prorrogar el mandato de los magistrados (prorogatio imperii).
- En caso de vacancia consular, senadores patricios podían ser nombrados Interrex.
- Supervisaban asuntos religiosos importantes.
Asambleas Populares
Existían diferentes tipos de asambleas donde los ciudadanos ejercían sus derechos políticos:
- Comicios Curiados (Comitia Curiata): De origen monárquico, en la República tenían funciones mayormente formales, como conferir el imperium a los magistrados superiores mediante la lex curiata de imperio y tratar asuntos gentilicios (adopciones, testamentos).
- Comicios Centuriados (Comitia Centuriata): Organizados según la riqueza (censo), con base militar. Sus funciones principales eran:
- Elegir a los magistrados con imperium (cónsules, pretores, censores).
- Votar leyes importantes.
- Decidir sobre la guerra y la paz.
- Actuar como tribunal supremo en casos capitales (iudicium populi).
- Comicios por Tribus (Comitia Tributa): Organizados por distritos geográficos (tribus). Sus funciones incluían:
- Elegir a los magistrados menores sin imperium (cuestores, ediles curules).
- Votar leyes (leges).
- Actuar como tribunal de apelación en ciertos juicios (multas).
- Asamblea de la Plebe (Concilium Plebis): Exclusiva para plebeyos, organizada por tribus.
- Elegía a los Tribunos de la Plebe y a los Ediles plebeyos.
- Votaba plebiscitos que, tras la Lex Hortensia (287 a.C.), tuvieron fuerza de ley para todo el pueblo romano.