Magistraturas Romanas: Poder y Administración en la República Antigua
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Las Magistraturas Romanas: Pilares del Gobierno Republicano
Las magistraturas romanas podrían definirse como autoridades públicas que se ocupaban de los asuntos ordinarios del gobierno de la República, siempre aplicando las leyes aprobadas por los comicios. Estas instituciones florecieron en la época del apogeo republicano, desde mediados del siglo IV a. C. hasta mediados del siglo II a. C. A mediados del siglo IV a. C. es cuando se consolidan todas las instituciones republicanas, sobre todo a partir de las Leyes Licinias.
La época del apogeo coincide con la expansión territorial romana. La cumbre de la extensión territorial se alcanzó en el Principado con Trajano y Adriano, pero los mayores éxitos militares se dieron en la República. Con ello nos hacemos una idea de su vasta extensión. A finales de la República se sabe que Roma llegó a tener un millón de habitantes. Esta situación dio lugar a una organización muy compleja y extensa para gestionarlo todo. No han llegado muchos datos sobre esa complejidad, pero se sabe que había numerosas y muy diversas magistraturas.
Principales Magistraturas de la República Romana
Dentro de las magistraturas más importantes encontramos, con competencias diferenciadas:
Consulado: La Cúspide del Poder Republicano
El Consulado es la más alta magistratura. A la cabeza de la República había dos cónsules, pues los romanos no concebían el poder en una sola persona, evitando así la monarquía. Los cónsules ostentaban un poder llamado Imperium, que era fundamentalmente militar, pero no exclusivamente.
Poseían diversas competencias, pero la más característica era el mando militar; eran quienes iban al frente de las legiones. En un principio, Roma solía afrontar una guerra al año, generalmente en verano, donde uno de los cónsules iba al frente del ejército y el otro se quedaba, por regla general, en la ciudad. Pero con el aumento de frentes abiertos, sobre todo durante las Guerras Púnicas, ocurrió que, en muchas ocasiones, hasta que se hizo normal, los dos cónsules estaban fuera en la guerra, por lo cual serían los pretores (la siguiente magistratura en importancia) quienes se ocupaban de los asuntos de la ciudad.
Pretores: Guardianes de la Justicia y el Imperium
Los Pretores también ostentaban imperium, pues sin él no podían ir al frente del ejército; pero, normalmente, no ejercían ese poder militar y se ocupaban, sobre todo, del ejercicio de la iurisdictio.
Era la facultad que poseían algunos magistrados, sobre todo aquellos que ostentaban imperium (cónsules y pretores), de intervenir en los litigios entre particulares. Esto tiene gran importancia jurídica, ya que, en relación con esa facultad de la iurisdictio, dictaban normas de gran interés desde el punto de vista jurídico (como el Edicto del Pretor). Los cónsules también poseían iurisdictio por tener imperium, pero no la ejercían habitualmente.