Magistraturas Romanas: Estructura del Poder y Gobierno en la República
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Las Magistraturas Romanas: Organización y Funciones
El acceso a una magistratura en la Antigua Roma estaba condicionado por varios requisitos fundamentales. La primera condición era ser **ciudadano romano**. Además, era necesario poseer una **fortuna considerable**, haber demostrado una mínima experiencia en la **gestión de asuntos públicos** y no tener ninguna causa de indignidad.
Un principio clave del sistema era la **colegialidad**: cada magistrado tenía, al menos, un colega, y cada uno podía **vetar las decisiones** del otro, de manera que ninguno ostentaba poderes absolutos.
Clasificación de las Magistraturas
Las magistraturas se dividían en dos grandes categorías: **ordinarias** y **extraordinarias**.
Magistraturas Ordinarias
Las magistraturas ordinarias formaban el núcleo del gobierno republicano y, en su mayoría, se inscribían dentro del *cursus honorum*. Estas incluían a los cuestores, los ediles, los pretores, los cónsules, así como los censores y los tribunos de la plebe.
Cuestores
- Originariamente eran cuatro, pero su número tendió a aumentar debido a la complejidad derivada de la expansión del Imperio.
- Eran los responsables del **tesoro público** y del **archivo público**.
Ediles
- Eran los encargados de la **administración municipal**.
- Vigilaban el buen funcionamiento de los **mercados**, las **obras en construcción** y las **vías públicas**.
- Además, se encargaban de organizar los **juegos públicos**.
Pretores
- Eran los representantes del **poder judicial**.
- Poseían el *imperium* (poder de perdonar la vida o condenar a muerte).
- En el siglo IV a.C., solo se elegía uno, el **pretor urbano**, encargado de los pleitos surgidos entre los ciudadanos romanos.
- Con la expansión romana, fue necesario nombrar otro, el *praetor peregrinus*, quien se encargaba de las querellas entre extranjeros en Roma o entre un ciudadano romano y un extranjero.
Cónsules
- Constituían la **máxima magistratura** dentro del *cursus honorum*.
- Eran los representantes del **poder ejecutivo** y los encargados de ejecutar y hacer cumplir los **decretos del Senado**.
- Convocaban y presidían los **comicios centuriados**, los **comicios por tribus** y el **Senado**.
- Representaban al pueblo ante la divinidad.
- Eran elegidos cada año.
- Ejercían el poder alternativamente, un mes cada uno, o bien uno mandaba en la ciudad y el otro en el ejército. Las decisiones de uno podían ser **vetadas** por el otro.
- También poseían *imperium*.
Censores
- Eran los magistrados de mayor **dignidad y prestancia** entre los romanos.
- Aunque no pertenecían al *cursus honorum*, solo podía ser censor quien previamente hubiera sido cónsul.
- Sus atribuciones eran velar por la **moral y las buenas costumbres** de los ciudadanos.
- Administraban la **hacienda pública**.
- Realizaban el **censo** y confeccionaban las **listas de senadores**.
Tribunos de la Plebe
- Eran magistrados muy particulares, creados para proteger los derechos de la plebe.
- Podían ejercer el *ius auxilii*, es decir, tenían la facultad de **liberar a los detenidos** y a los presos de las cárceles.
- Gozaban también del *ius intercessionis*, lo que significaba que tenían la facultad de **vetar las decisiones** de todos los magistrados, las del Senado e incluso las votaciones de los comicios.
Magistraturas Extraordinarias
Las magistraturas extraordinarias eran la **dictadura** y el **magister equitum** (maestro de caballería). Solo se recurría a ellas cuando un peligro exterior amenazaba gravemente a Roma, otorgando un poder excepcional y temporal a un único individuo para hacer frente a la crisis.