Manumisión en la Antigua Roma: Tipos, Leyes y Restricciones
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Tipos de Manumisiones Solemnes
Per Vindictam
La vindicta era una vara de mimbre que se utilizaba en los juicios más antiguos y solemnes de los romanos cuando alguien reivindicaba una cosa como suya. Reivindicar significa que el dueño de una cosa quiere recuperarla. En este contexto, el amo, el esclavo y una tercera persona, denominada Adcertor Libertatis, concurrían ante el magistrado (normalmente el pretor en Roma o el gobernador de la provincia). En presencia del magistrado, el Adcertor Libertatis tocaba al esclavo con la vindicta, declarando que ese esclavo era libre, mientras el amo permanecía en silencio. Ante este silencio, el magistrado declaraba libre al esclavo mediante la Addictio, que era la declaración formal de la libertad del esclavo.
Per Censum
El amo acompañaba al esclavo o permitía que este fuera donde el censor para ser inscrito como ciudadano romano (el censo se realizaba cada cinco años). A través de esta inscripción, el esclavo pasaba a ser libre o manumitido.
Per Testamentum
En su testamento, el testador declaraba libre al esclavo, en cuyo caso, una vez abierto el testamento, el esclavo pasaba a ser libre. También podía ordenar al heredero que concediera la libertad al esclavo, o incluso ordenar a quien cedía un legado que liberara al esclavo en ciertos momentos.
Manumissio in Ecclesia
A partir del año 313 d.C., cuando Constantino declaró el cristianismo como religión permitida, surgió la Manumissio in Ecclesia. En presencia del obispo y de los fieles reunidos en la iglesia, el amo declaraba libre al esclavo. Esto se realizaba especialmente en los días de Pascua de Resurrección, aprovechando la solemnidad de la fecha. Posteriormente, se redactaba un documento que formalizaba la manumisión. Todas estas formas se consideraban solemnísimas.
El esclavo o liberto pasaba a ser ciudadano romano como cualquier otro, pero al no ser ingenuo, se le consideraba liberto.
Manumisiones Menos Solemnes
Manumissio Inter Amicos
El dueño declaraba libre a su esclavo ante amigos.
Manumissio Per Epistulam
El dueño declaraba libre al esclavo por medio de una carta.
Manumissio Per Mensam
Por el hecho de permitir que el esclavo se sentara a la mesa con el amo.
Permitirle al esclavo que usara el gorro frigio.
Restricciones a la Manumisión
El exceso de manumisiones trajo consigo una serie de problemas, ya que comenzaron a haber ciudadanos romanos que no tenían costumbres romanas o no sabían latín. Por ello, se promulgaron leyes que restringieron las manumisiones. Existían todo tipo de esclavos, como por ejemplo, campesinos ricos que caían en esclavitud. Las principales leyes fueron:
Lex Aelia Sentia
Esta ley establecía que:
- Quien quisiera manumitir debía tener al menos 20 años cumplidos, y el esclavo no debía ser menor de 30 años, salvo que hubiese un motivo muy especial. En este caso, la decisión debía ser tomada por un consejo de personas y la manumisión debía ser Per Vindictam.
- La manumisión no debía hacerse en fraude de los acreedores, es decir, no se podía realizar para evitar el pago de deudas.
- Se prohibía la libertad a esclavos condenados a penas infames (penas correspondientes a delitos graves). En caso de que se les concediera la libertad, incluso de forma solemne, nunca llegarían a ser ciudadanos romanos, sino que serían considerados enemigos de Roma. Por esta razón, se les denominó Dediticios Elianos. Su condición era precaria, ya que no podían acercarse a Roma a menos de 100 millas, eran considerados un peligro y, si se acercaban, volvían a caer en esclavitud. Además, se les prohibía hacer testamento, no tenían potestad sobre sus hijos y debían pagar un impuesto especial que les otorgaba una mínima libertad.
Lex Fufia Caninia
Esta ley limitó las manumisiones por testamento, estableciendo un máximo de 100 esclavos. Este cupo guardaba relación con la cantidad de esclavos que poseía el amo.
Condición de los Libertos
Los esclavos que obtenían la libertad quedaban en calidad de libertos, pero no todos tenían la misma condición. Quienes provenían de las manumisiones solemnes pasaban a ser ciudadanos romanos directamente. Otros libertos quedaban en calidad de Dediticios Elianos. Una tercera condición era la de los Libertos Latinos Junianos.
Latinos Junianos
La Lex Iunia Norbana, del año 19 d.C., dictó la solución para los esclavos que habían sido manumitidos en las formas menos solemnes. Estos quedaban como Latinos Junianos, lo que significaba que vivían como libres (podían comprar, vender y tener esclavos), pero morían como esclavos. Por lo tanto, no podían dejar sus bienes en herencia, sino que estos pasaban a su patrono (antiguo amo) en calidad de peculio.