Marcado CE en Productos de Construcción: Requisitos y Conformidad Europea

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Requisitos para la Comercialización y Uso de Productos de Construcción en la Unión Europea

Los productos de construcción podrán importarse, comercializarse y utilizarse siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • Tengan características que satisfagan los requisitos esenciales.
  • Lleven el marcado CE, incluyendo los procedimientos de evaluación de la conformidad.

Definición de Productos de Construcción

Según el Real Decreto, los productos de construcción se definen como cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras de edificación o de ingeniería civil, que tengan incidencia sobre los siguientes requisitos esenciales:

  • Habitabilidad
  • Seguridad estructural
  • Ahorro energético
  • Protección contra el ruido
  • Seguridad en caso de incendio

Normas Armonizadas en la Construcción

Las normas armonizadas constituyen el grado de exigencia mínima de calidad que deben cumplir los productos de construcción. Aunque su aplicación es voluntaria, son de obligado cumplimiento y deben:

  • Contener las especificaciones técnicas correspondientes a los requisitos esenciales que afecten al producto.
  • Describir los métodos de ensayo para medir o evaluar el cumplimiento de tales requisitos.
  • Establecer niveles o clases de productos.
  • Establecer el método de evaluación de la conformidad del marcado CE.

DITE (Documento de Idoneidad Técnica Europeo)

El DITE es un documento que evalúa favorablemente la aptitud de un producto para el uso que tenga asignado, basándose en el cumplimiento de los requisitos esenciales previstos. Lo llevarán:

  • Productos que la Comisión de las Comunidades Europeas considere que no pueden elaborarse una norma por su singularidad.
  • Productos que no tienen una norma asignada.
  • Productos que se separan significativamente de las normas existentes.

El periodo de validez del DITE es de 5 años, prorrogables.

Marcado CE: Conformidad Europea

El marcado CE (Conformidad Europea) es la implantación en un producto de la citada marca, con la que se declara la conformidad del mismo con el conjunto de obligaciones que incumben al fabricante, así como la libre circulación de dicho producto, la venta y puesta en servicio en el mercado comunitario.

El fabricante es responsable de la conformidad del producto desde el momento en el que dicho producto es colocado en el mercado europeo. No se considera una marca de calidad, sino que certifica que los productos cumplen con:

  • Son conformes con las normas armonizadas.
  • Son conformes con los DITE que les sean de aplicación.
  • Son conformes con las especificaciones técnicas nacionales reconocidas.
  • Se les ha aplicado un determinado sistema de evaluación de la conformidad, según los establecidos en la correspondiente directiva.

Productos que Deben Llevar el Marcado CE

Deberán tener marcado CE los productos de construcción que tengan incidencia sobre los requisitos esenciales de los edificios y las obras de ingeniería civil; cualquier producto fabricado para su incorporación con carácter permanente a las obras.

Excepciones al Marcado CE

No lo llevarán:

  • Los productos que sean considerados como de escasa incidencia sobre los requisitos esenciales.
  • Productos fabricados para una aplicación única y específica no destinados a comercializarse.
  • Productos fabricados en España para los que todavía no existan especificaciones técnicas.

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