Marco Jurídico de la Aviación Civil Internacional y la Seguridad Aérea
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Marco Jurídico del Espacio Aéreo
El espacio aéreo es el que se sitúa sobre las áreas terrestres, las aguas interiores y el mar territorial de un Estado. Todo Estado posee soberanía plena y exclusiva sobre su espacio aéreo.
Navegación de Aeronaves de Terceros Estados
La navegación de aeronaves de terceros Estados por los espacios aéreos se rige por las siguientes condiciones:
- Servicios no regulares: Podrán sobrevolar el espacio aéreo sin escalas y realizar escalas con fines no comerciales sin necesidad de obtener permiso previo.
- Servicios regulares: Deben contar con la autorización del Estado para operar en su espacio aéreo.
Se pueden establecer zonas prohibidas o zonas de exclusión aérea por motivos de necesidad militar o de seguridad pública. En estas zonas no se permite el sobrevuelo de servicios regulares y, en circunstancias excepcionales, un Estado puede restringir o prohibir los vuelos en todo su territorio.
Régimen Jurídico de los Espacios Aéreos
Si una aeronave de otro país viola el espacio aéreo, los Estados tienen derecho a exigir que aterrice en el aeropuerto que se le indique, absteniéndose de usar la fuerza contra aeronaves civiles o de interceptarla de forma que ponga en peligro la vida de las personas a bordo o la seguridad de la aeronave.
Las Libertades del Aire
Algunos Estados, entre ellos España, reconocen las «libertades del aire» en acuerdos bilaterales o regionales. Estas incluyen:
- Sobrevolar el territorio de un Estado sin aterrizar.
- Aterrizar por motivos no comerciales.
- Desembarcar pasajeros, correo y mercancías embarcados en el territorio del Estado al que pertenece la aeronave.
- Embarcar pasajeros, correo y mercancías con destino al territorio del Estado al que pertenece la aeronave.
- Embarcar pasajeros, correo y mercancías con destino al territorio de cualquier Estado y desembarcar los procedentes de cualquiera de dichos territorios.
Nuevas Libertades del Aire Reconocidas
Se están reconociendo nuevas libertades del aire, tales como:
- El derecho a que el operador aéreo de un Estado transporte tráfico comercial entre otros dos Estados vía su propio territorio.
- El derecho a que el operador aéreo de un Estado transporte tráfico comercial enteramente fuera de su territorio.
- El derecho a que el operador aéreo de un Estado transporte tráfico comercial dentro del territorio de otro Estado (cabotaje).
- Permiso referido a aerolíneas de un Estado para operar en régimen de 7ª libertad a partir del tercer Estado, más allá de su territorio.
Regulación del Tráfico Aéreo Nacional
El Estado regula el tráfico en su espacio aéreo y, entre otras cuestiones, regula:
- Los puntos de entrada y salida del espacio aéreo nacional.
- Las rutas aéreas (aerovías).
Los Estados están obligados, en la medida de sus posibilidades, a ofrecer a los vuelos internacionales: aeropuertos, servicios meteorológicos y otros servicios necesarios para el vuelo. También deben hacer públicos los mapas de sus rutas aéreas.
Régimen Jurídico de la Aeronave
Cada Estado puede regular el estatuto jurídico de sus aeronaves.
Régimen Jurídico de los Aeropuertos Internacionales
Algunos aeropuertos poseen instalaciones para gestionar vuelos internacionales, siendo estos los aeropuertos internacionales. Entre sus instalaciones, los aeropuertos internacionales deben contar con Zonas Internacionales o de Tránsito.
Regulación en Materia de Seguridad Aérea
Las aeronaves deben llevar consigo ciertos documentos, certificados y licencias.
La OACI establece estándares y normas en materia de seguridad aérea, incluyendo: normas de construcción, sistemas de navegación, torres de control, inspecciones técnicas de las aeronaves, telecomunicaciones, servicios meteorológicos y servicios de información, entre otros.
Controles de Seguridad en el Aeropuerto
El Convenio de Chicago establece que los Estados deben tomar medidas para evitar el apoderamiento ilícito de aeronaves, la toma de rehenes en la aeronave o en los aeropuertos, y la introducción de armas, artefactos o sustancias peligrosas. Sin embargo, permite que cada Estado tome las medidas que considere oportunas.
Es fundamental distinguir entre el control de pasaporte/documentación y el control de seguridad (para verificar que no se transporten objetos y sustancias no permitidas), los cuales se realizan antes de acceder a la aeronave; y el control aduanero, que se efectúa con el pasaje que llega en vuelos desde otros Estados.