Marco Legal y Aduanero del Mercosur: Tratados, Protocolos y Regímenes Territoriales

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,15 KB

Marco Legal y Aduanero del Mercosur

1. Tratado de Asunción

  • Principios Fundamentales:
    • Libre circulación de mercancías.
    • Arancel Externo Común (AEC).
    • Complementación Económica.
    • Adecuación Legislativa.

2. Protocolo de Ouro Preto

  • Organización Institucional del Mercosur:
    • Consejo del Mercado Común (CMC).
    • Grupo Mercado Común (GMC).
    • Comisión de Comercio del Mercosur (CCM).
    • Foro Consultivo Económico-Social (FCES).
    • Comisión Parlamentaria Conjunta (CPC).
    • Secretaría Administrativa del Mercosur (SAM).

3. Acuerdo de Recife

  • Facilitación del Comercio.
  • Normas Técnicas y Operativas que Regulan Controles Integrados en Frontera.

4. Protocolo de Olivos

  • Solución de Controversias en el Mercosur según el Tratado de Asunción:
    1. Negociaciones Directas (1er Paso).
    2. Sometimiento a Consideración del Grupo Mercado Común (2do Paso).
    3. Intervención del Tribunal Arbitral (3er Paso).
    4. Revisión del Laudo (4to Paso).

5. Normas de Origen

  • Certificación del origen de la mercancía.
  • Pueden ser solicitadas tanto por el importador como por el exportador.
  • Organismos autorizados por el Mercosur son los únicos que pueden emitir dichos certificados.
  • Una mercancía manufacturada será originaria del país donde haya obtenido su mayor valor comercial.

6. Territorios Aduaneros

6.1. Territorio Aduanero General (TAG)

  • Se rige por las mismas normas aduaneras generales.

6.2. Territorio Aduanero Especial (TAE)

  • Se establece por ley.
  • Es un ámbito en el cual los tributos para importar y exportar no exceden el 75% de los tributos del TAG.
    • No se aplican prohibiciones de carácter económico.
  • Cuando la mercancía sea llevada desde el TAE al TAG y no fuera originaria del TAE, debe abonar tributos como una importación para consumo.
  • Cuando la mercancía sea originaria del TAE y se llevara al TAG, se encuentra exenta del pago de tributos.

7. No Territorios Aduaneros

7.1. Área Franca

  • Debe ser establecida por ley.
  • Es un ámbito en el cual la mercancía no está sometida al control habitual del Servicio Aduanero (SA) y su extracción e introducción no está gravada con el pago de tributos.
  • En esta área, la mercancía puede ser objeto de almacenamiento, comercialización, utilización, consumo, transformación y elaboración.
  • La introducción de mercancía desde el TAG o TAE se considera como importación.

7.2. Mar Territorial

  • La extracción de mercancía del mar territorial hacia un Área Franca se considera como exportación para consumo.
  • La extracción de mercancía del mar territorial con destino al TAG o TAE se halla exenta del pago de tributos.
  • La mercancía que sea enviada desde el TAG o TAE al mar territorial no paga tributos si esa mercancía se utiliza para una actividad de exploración, explotación, cultivo o transformación que pueda desarrollarse en ese ámbito.

7.3. Enclave

  • Lugar regido por otro código aduanero, con jurisdicción de otro país.

7.4. Zona de Vigilancia Aduanera

  • Parte determinada del territorio aduanero donde la aduana ejerce poder especial en virtud del cual aplica o puede aplicar medidas especiales de control aduanero.

7.5. Zona Primaria Aduanera

  • Es aquella habilitada para la ejecución de operaciones aduaneras o afectadas al control de las mismas, en la que rigen normas especiales para la circulación de personas y mercancías.

7.6. Zona Secundaria Aduanera

  • Está sometida a disposiciones especiales de control que se extienden en las fronteras terrestres, acuáticas y aéreas.

7.7. Ríos Nacionales de Navegación Internacional

  • Ríos internacionales por los que se realizan exportaciones o importaciones de mercancías.

Entradas relacionadas: