Marco Legal de las Competencias del Subinspector de Empleo y Seguridad Social (Artículo 8)
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Artículo 8. Funciones de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social
1. Funciones de Apoyo, Gestión y Colaboración
Las funciones inspectoras de apoyo, gestión y colaboración con los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social corresponden a los funcionarios del Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Estas se desarrollan bajo la dirección y supervisión técnica del Inspector de Trabajo y Seguridad Social responsable del equipo al que estén adscritos, sin perjuicio de su dependencia de los órganos directivos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
2. Competencias Específicas de los Subinspectores
Son funciones específicas de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social:
2.1. Comprobación en materia de Empleo
Comprobación del cumplimiento en la contratación de las normas relativas a empleo, acceso al empleo, fomento del empleo, bonificaciones y subvenciones, así como la obtención y percepción de las prestaciones y subsidios por desempleo.
2.2. Comprobación en materia de Seguridad Social
Comprobación del cumplimiento de las normas en materia de campo de aplicación, inscripción, afiliación, cotización, altas y bajas de trabajadores, recaudación del sistema de la Seguridad Social, así como de colaboración obligatoria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social, y de la obtención y percepción de las prestaciones de Seguridad Social.
2.3. Control de Trabajo de Extranjeros
La comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas sobre trabajo de extranjeros.
2.4. Colaboración en la Vía Ejecutiva
La colaboración en la investigación y señalamiento de los bienes susceptibles de embargo para la efectividad de la vía ejecutiva y la identificación del sujeto deudor o responsable solidario o subsidiario cuando proceda, en todos aquellos casos que hagan referencia al ordenamiento jurídico laboral, de seguridad social, de emigración y de empleo.
2.5. Asesoramiento Laboral
El asesoramiento a los empresarios y trabajadores en orden al cumplimiento de sus obligaciones, con ocasión de su actuación en los centros de trabajo.
2.6. Otras Funciones Encomendadas
Cuantas otras funciones de similar nivel y naturaleza les fueren encomendadas por los responsables de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el desarrollo de los cometidos de la misma.